Última revisión
26/09/2025
Contestación a la demanda de juicio ordinario de reclamación de cantidad por incumplimiento de la prestación del actor
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Orden: civil
Fecha última revisión: 26/09/2025
Los artículos 1156 y 1157 del Código Civil disponen que las obligaciones se extinguen «Por el pago o cumplimiento (...)"» y que "no se entenderá pagada una deuda sino cuando completamente se hubiese entregado la cosa o hecho la prestación en que la obligación consistía». Por su parte, en el art. 1256 se establece que «La validez y el cumplimiento de los contratos no pueden dejarse al arbitrio de uno de los contratantes».
A TENER EN CUENTA. El RD-ley 6/2023, de 19 de diciembre, modifica el artículo 249 de la LEC con entrada en vigor el 20/03/2024. El presente formulario se encuentra actualizado a esta reforma.
A TENER EN CUENTA. Por la reforma realizada por la LO 1/2025, de 2 de enero, una vez implantados de forma efectiva los tribunales de instancia (D.T. 1.ª), todas las referencias realizadas a los juzgados unipersonales se entenderán realizadas a las secciones del orden jurisdiccional correspondiente de los tribunales de instancia.
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE [JUZGADO]/SECCIÓN DE LO CIVIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE [LUGAR] (1)
Don/Doña [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE] Procurador/a de los Tribunales, colegiado/a núm. [NÚMERO_COLEGIADO/A] en nombre y representación de Don/Doña [NOMBRE_CLIENTE], mayor de edad, con DNI/NIE núm. [NÚM. DOCUMENTO], con domicilio a efectos de notificación [DOMICILIO_CLIENTE], según se acredita m...
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