Última revisión
26/09/2025
Contestación a la demanda de juicio ordinario de saneamiento por vicios ocultos, acción quanti minoris
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Tiempo de lectura: 11 min
Orden: civil
Fecha última revisión: 26/09/2025
El vendedor responde de los vicios ocultos, aunque los ignore, así pues, como consecuencia de la obligación de sanear por vicios, el art. 1486 del CC, otorga al comprador la opción entre desistir del contrato (acción redhibitoria), o rebajar una cantidad proporcional a la que pagó (acción quanti minoris). Se trata de la contestación de una demanda de saneamiento por vicios ocultos por la venta de bien mueble en la que se reclama la devolución de la parte del precio en que se valora la concurrencia de los vicios por encontrarse dicho producto defectuoso. Por virtud del párrafo tercero del art. 1475 CC, los contratantes, podrán aumentar, disminuir o suprimir la obligación de responder por evicción por parte del vendedor. En este escrito se alega la existencia de una cláusula limitativa de responsabilidad.
A TENER EN CUENTA. Por la reforma realizada por la LO 1/2025, de 2 de enero, una vez implantados de forma efectiva los tribunales de instancia (D.T. 1.ª), todas las referencias realizadas a los juzgados unipersonales se entenderán realizadas a las secciones del orden jurisdiccional correspondiente de los tribunales de instancia.
[REF]
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO [NÚMERO JUZGADO] DE [LOCALIDAD]/A LA SECCIÓN CIVIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE [ESPECIFICAR] (1)
D./D.ª [NOMBRE PROCURADOR/A] procurador/a de los Tribunales, colegiado/a núm. [NÚMERO COLEGIADO/A] en nombre y representación de D./D.ª [NOMBRE CLIENTE], mayor de edad, con DNI núm. [NÚM. DOCUMENTO], según se acredita mediante la copia de la escritura de pod...
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