Última revisión
Contestación a demanda de juicio verbal para constitución forzosa de servidumbre de paso sin derecho a indemnización
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Orden: civil
Fecha última revisión: 01/01/2024
Resumen:
El artículo 564 del Código Civil dispone que el propietario de una finca o heredad, enclavada entre otras ajenas y sin salida a camino público, tiene derecho a exigir paso por las heredades vecinas, previa la correspondiente indemnización. Si esta servidumbre se constituye de manera que su uso pueda ser continuo para todas las necesidades del predio dominante estableciendo una vía permanente, la indemnización consistirá en el valor del terreno que se ocupe y en el importe de los perjuicios causados en el predio sirviente. Cuando se limite al paso necesario para el cultivo de la finca enclavada entre otras y para la extracción de sus cosechas a través del predio sirviente sin vía permanente, la indemnización consistirá en el abono del perjuicio que ocasione este gravamen.
Si, adquirida una finca por venta, permuta o partición, quedare enclavada entre otras del vendedor, permutante o copartícipe, éstos están obligados a dar paso sin indemnización, salvo pacto en contrario (artículo 567 Código Civil).
Procedimiento: [DESCRIPCIÓN]
Autos: [NÚMERO]/[AÑO]
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º [NÚMERO] DE [ESPECIFICAR]
Don/Doña [NOMBRE_PROCURADOR], procurador/a de los tribunales, actuando en nombre y representación de Don/Doña [NOMBRE], mayor de edad, con DNI [DNI], con domicilio a efectos de notificaciones en [DIRECCIÓN], cuya representación acredito por medio de escritura pública de poder y cuya copia acompaño para su unión a los autos (documento n.º [NÚMERO]) mediante testimonio con devolución del original, bajo la asistencia letrada de Don/Doña [NOMBRE_ABOGADO_CLIENTE], abogado del Ilustre Colegio de [LOCALIDAD], ante el juzgado comparezco y como mejor proceda en derecho, DIGO:
Que en fecha [FECHA] se nos ha dado traslado del escrito de demanda de juicio verbal en ejercicio de una acción de constitución forzosa de servidumbre de paso interpuesta por don/doña [NOMBRE], por lo que a través de este escrito se viene a formular contestación a dicha demanda, con base en los siguientes,
HECHOS
PRIMERO.- Se impugnan los alegados de contrario salvo los que expresamente y a continuación se acepten.
SEGUNDO.- De acuerdo con lo que se acredita en el escrito de demanda tanto mi representado como la parte demandante son propietarios de las fincas que en el mismo se identifican. En el caso de mi finca los propietarios colindantes son:
- Norte:[NOMBRE].
- Sur: [NOMBRE].
- Este: [NOMBRE].
- Oeste: [NOMBRE].
A efectos probatorios de dicha propiedad se acompaña nota simple del Registro de la Propiedad de [LOCALIDAD] como documento n.º [NÚMERO] y cédula catastral emitida por el Ayuntamiento de [LOCALIDAD] como documento n.º [NÚMERO].
TERCERO.- Como dice la parte demandante, en su día, la finca perteneció a un sólo dueño, habiendo vendido mi representado la finca para la que ahora se solicita la constitución de servidumbre a través de escritura pública de compraventa otorgada el [DÍA] de [MES] de [AÑO] ante el ilustre notario [NOMBRE] de [LOCALIDAD]. Se adjunta como documento n.º [NÚMERO] copia de dicha escritura de compraventa.
CUARTO.- Si bien es cierto que la finca adquirida por la parte demandante se encuentra enclavada por lo que no tiene salida a camino público, y que, por lo tanto, tiene derecho a que se establezca un derecho de servidumbre sobre la finca de mi representado, tal y como dispone el artículo 567 del Código Civil, no es menos cierto que la misma ha de establecerse por el punto menos perjudicial para al predio sirviente y no por donde el demandante pretende establecerlo a su antojo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 565 del Código Civil. En concreto, la mejor solución para ambas partes sería establecer la servidumbre por donde se indica en el documento n.º [NÚMERO], por ser la alternativa que implica una menor longitud y, por lo tanto, la menos perjudicial para el valor de la finca de mi representado, siéndole indiferente a la parte demandante.
QUINTO.- Dadas las características y uso de la finca que se encuentra enclavada no resulta justificada la anchura de [NÚMERO] metros que solicita la parte demandante, por lo que estimamos suficiente que para la cobertura de dichas necesidades resulta suficiente una anchura de [NÚMERO] metros, en virtud de lo
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