Última revisión
04/04/2025
Contestación a demanda de juicio verbal (modelo genérico)
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Orden: civil
Fecha última revisión: 04/04/2025
Tras admitir a trámite la demanda y, de conformidad con el artículo 438.1 de la LEC, el LAJ dará traslado al demandado para su contestación escrita en el plazo de 10 días. Asimismo, a tenor del artículo 437.2 de la LEC «(...) en los juicios verbales en que no se actúe con abogado y procurador, el demandante podrá formular una demanda sucinta, donde se consignarán los datos y circunstancias de identificación del actor y del demandado y el domicilio o los domicilios en que pueden ser citados, y se fijará con claridad y precisión lo que se pida, concretando los hechos fundamentales en que se basa la petición». (Ver formulario: Modelo normalizado de contestación sucinta de demanda de juicio verbal).
En los juicios verbales, respecto de la vista será el/la juez/a la que resuelva sobre la pertinencia de la vista conforme a lo previsto en el artículo 438.10 de la LEC:
«Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior, el tribunal resolverá por auto sobre la impugnación de la cuantía del pleito de haberse producido, sobre las excepciones procesales planteadas, sobre la admisión de la prueba propuesta y sobre la pertinencia de la celebración de vista, acordando, en caso de no considerarla necesaria, que queden los autos conclusos para dictar sentencia.
Contra este auto cabrá interponer recurso de reposición, que tendrá efecto suspensivo.
Cuando la única prueba que resulte admitida sea la de documentos, y éstos ya se hubieran aportado al proceso sin resultar impugnados, o cuando se hayan presentado informes periciales y el tribunal no haya considerado pertinente o útil la presencia de los peritos en el juicio, se procederá a dictar sentencia, sin previa celebración de la vista».
A TENER EN CUENTA. La LO 1/2025, de 2 de enero, modifica el artículo 438 de la LEC (apartados 8, 9 y 10) con entrada en vigor el 03/04/2025, en este sentido será el/la juez/a quien determine la necesidad de la celebración de vista atendiendo a la valoración de las actuaciones e independientemente de que alguna de las partes haya solicitado la celebración de la misma. El presente formulario se encuentra actualizado a esta reforma. Además por esta reforma, una vez implantados de forma efectiva los tribunales de instancia (D.T. 1.ª), todas las referencias realizadas a los juzgados unipersonales se entenderán realizadas a las secciones del orden jurisdiccional correspondiente de los tribunales de instancia.
Procedimiento: Juicio Verbal
Número: [NUMERO]/[AÑO]
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA [NUMERO] DE [LOCALIDAD] (1)
Don/Doña [NOMBRE_PROCURADOR/A], procurador/a de los tribunales, colegiado/a n.º [NÚMERO_COLEGIADO_PROCURADOR_CLIENTE] en nombre y representación de don/doña [NOMBRE], mayor de edad, con DNI [NÚMERO] y domicilio en [ESPECIFICAR] según consta acreditado por medio de [ESPECIFICAR] (2) copia q...
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