Última revisión
Formulario de contestación a la demanda de nulidad matrimonial
Relacionados:
Orden: civil
Fecha última revisión: 01/01/2024
Resumen:
La nulidad del matrimonio aparece regulada en los artículos 73 a 80 del Código Civil, indicando el primero de ellos que:
«Es nulo cualquiera que sea la forma de su celebración:
1.º El matrimonio celebrado sin consentimiento matrimonial.
2.º El matrimonio celebrado entre las personas a que se refieren los artículos 46 y 47, salvo los casos de dispensa conforme al artículo 48.
3.º El que se contraiga sin la intervención del Juez, Alcalde o funcionario ante quien deba celebrarse, o sin la de los testigos.
4.º El celebrado por error en la identidad de la persona del otro contrayente o en aquellas cualidades personales que, por su entidad, hubieren sido determinantes de la prestación del consentimiento.
5.º El contraído por coacción o miedo grave».
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Procedimiento: [ESPECIFICAR]
Número [NUMERO] / [AÑO]
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA [NUMERO] DE [LOCALIDAD]
D./D.ª [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], procurador/a de los Tribunales, en nombre y …
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