Última revisión
Formulario de contestación a demanda con reconvención en juicio ordinario.
Relacionados:
Orden: civil
Fecha última revisión: 01/01/2024
Resumen:
Indica el art. 406 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) que: «Al contestar a la demanda, el demandado podrá, por medio de reconvención, formular la pretensión o pretensiones que crea que le competen respecto del demandante. Sólo se admitirá la reconvención si existiere conexión entre sus pretensiones y las que sean objeto de la demanda principal.
No se admitirá la reconvención cuando el Juzgado carezca de competencia objetiva por razón de la materia o de la cuantía o cuando la acción que se ejercite deba ventilarse en juicio de diferente tipo o naturaleza.
Sin embargo, podrá ejercitarse mediante reconvención la acción conexa que, por razón de la cuantía, hubiere de ventilarse en juicio verbal.
La reconvención se propondrá a continuación de la contestación y se acomodará a lo que para la demanda se establece en el artículo 399. La reconvención habrá de expresar con claridad la concreta tutela judicial que se pretende obtener respecto del actor y, en su caso, de otros sujetos. En ningún caso se considerará formulada reconvención en el escrito del demandado que finalice solicitando su absolución respecto de la pretensión o pretensiones de la demanda principal.
Será de aplicación a la reconvención lo dispuesto para la demanda en el artículo 400».
A TENER EN CUENTA. El RD-ley 6/2023, de 19 de diciembre, modifica el artículo 249 de la LEC con entrada en vigor el 20/03/2024. El presente formulario se encuentra actualizado a esta reforma.
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO [NUMERO] DE [LOCALIDAD]
Procedimiento número [NUMERO]/[AÑO]
D./D.ª [NOMBRE PROCURADOR/A], Procurador/a de los Tribunales, y de de D./D.ª [NOMBRE CLIENTE], según …
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