Última revisión
Contrato de constitución de Sociedad Colectiva
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Orden: mercantil
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
De conformidad con los arts. 125 y ss. del Código de Comercio, a Sociedad Colectiva es una sociedad mercantil de carácter personalista, en la que todos los socios, en nombre colectivo y bajo una razón social, se comprometen a participar, en la proporción que establezcan, de los mismos derechos y obligaciones, respondiendo subsidiaria, personal y solidariamente de las deudas sociales, además los socios actúan de forma igualitaria bajo un nombre colectivo y bajo una misma razón social.
La regular constitución de una sociedad colectiva exige, en primer lugar, que el contrato de sociedad se otorgue en escritura pública y además que se inscriba en el Registro Mercantil. La ausencia de estos requisitos tiene como consecuencia la irregularidad de la sociedad por defecto de constitución y, consecuentemente, la privación de personalidad jurídica.
Con ayuda del presente modelo, las partes pueden formalizar el acuerdo de constitución de una Sociedad Colectiva al tiempo que pactan sus estatutos rectores.
CONTRATO DE CONSTITUCIÓN DE «[NOMBRE], SOCIEDAD COLECTIVA»
En [CIUDAD] a [DIA] de [MES] de [AÑO]
REUNIDOS
DE UNA PARTE.- D./D.ª [NOMBRE], mayor de edad, casado en régimen …
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