Última revisión
Contrato de gestión de activos entre Sociedades Gestoras de Instituciones de Inversión Colectiva.
Relacionados:
Orden: mercantil
Fecha última revisión: 21/01/2019
Resumen:
El presente contrato se firma entre dos sociedades gestoras de Instituciones de Inversión Colectiva, dónde una de ellas (Sociedad Gestora Principal) le cede a la otra (Sociedad Gestora Delegada) la gestión total o parcial de los activos correspondientes a un Fondo de Inversión.
Además, es bueno que haya una tercera parte que es la Sociedad Depositaria del Fondo, el cuál simplemente suscribe el contrato a los efectos de que está de acuerdo con el mismo (no es obligatorio, según la relación entre la Sociedad Gestora Principal y la Sociedad Depositaria)
Las Sociedades Gestoras deben cumplir lo establecido en la Norma 9º de la Circular 6/2009 de la CNMV, sobre control interno de las sociedades gestoras de IIC y sociedades de inversión.
Son Instituciones de Inversión Colectiva aquellas que tienen por objeto la captación de fondos, bienes o derechos del público para gestionarlos e invertirlos en bienes, derechos, valores u otros instrumentos, financieros o no, siempre que el rendimiento del inversor se establezca en función de los resultados colectivos.
Las Instituciones de Inversión Colectiva se regulan en la
Las IIC podrán ser de carácter financiero o no financiero, en los términos establecidos en el
El órgano encargado de la supervisión de los mismos es la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV)
CONTRATO DE GESTIÓN DE ACTIVOS
En [LOCALIDAD], a [FECHA]
REUNIDOS
DE UNA PARTE.- D./Dña. [NOMBRE_CLIENTE], mayor de edad, con N.I.F. nº [DNI] y con domicilio a efectos del presente documento en …
Ver el documento "Contrato de gestión de activos entre Sociedades Gestoras de Instituciones de Inversión Colectiva."
Acceda bajo demandaAccede a más de 4.000.000 de documentos
Localiza la información que necesitas