Demanda de resolución de ...de negocio

Última revisión
14/05/2025

Demanda de resolución de contrato de arrendamiento por vicios ocultos en arrendamiento de local de negocio

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Orden: civil

Fecha última revisión: 14/05/2025

Resumen:

Según el art. 1553 del Código Civil (CC): «Son aplicables al contrato de arrendamiento las disposiciones sobre saneamiento contenidas en el título de la compraventa. En los casos en que proceda la devolución del precio, se hará la disminución proporcional al tiempo que el arrendatario haya disfrutado de la cosa».

Un vicio oculto es un defecto grave que no estaba a la vista y no era posible conocerlo por el comprador (en el caso del formulario, arrendatario) en el momento de la compra, y que una vez sobrevenido la hace impropia para su uso o disminuye tanto su utilidad que el comprador no la habría comprado o habría pagado menos por ella. Por soportar la carga, la parte perjudicada, puede optar entre una acción rescisoria (anulatoria), y una acción indemnizatoria. (Véase art. 1483 del CC).

En el presente formulario se solicita una indemnización a favor del arrendatario y la resolución del contrato, por incumplimiento del arrendador en sus obligaciones. (Art. 27 de la LAU y art. 1554 del CC).

A TENER EN CUENTA. Por la reforma realizada por la LO 1/2025, de 2 de enero, una vez implantados de forma efectiva los tribunales de instancia (D.T. 1.ª), todas las referencias realizadas a los juzgados unipersonales se entenderán realizadas a las secciones del orden jurisdiccional correspondiente de los tribunales de instancia.

A TENER EN CUENTA. Desde el 03/04/2025 por la reforma realizada por la LO 1/2025, de 2 de enero, se exige para la admisión de las demandas civiles el haber acudido a un medio adecuado de solución de controversias (MASC). Es el artículo 5 de la LO 1/2025, de 2 de enero, el que determina estos casos.


 

AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE [LUGAR]/A LA SECCIÓN DE LO CIVIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE [LOCALIDAD] (1) 

Don/Doña [NOMBRE PROCURADOR CLIENTE], procurador/a de los tribunales y de Don/Doña [NOMBRE CLIENTE], en virtud de poder notarial/apud acta, a mi favor conferido, copia que del mismo acompaño como doc. núm. [NÚMERO], bajo la dirección letrada de D/Dña. [NOMBRE LETRADO CLIENTE], ante el ...

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