Última revisión
11/07/2025
Demanda por despido improcedente de trabajador no dado de alta en Seguridad Social
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 11/07/2025
Según el art. 9.2 del Real decreto 2720/1998, de 19 de diciembre, por el que se desarrolla el art. 15 del Estatuto de los Trabajadores:
«2. Adquirirán la condición de trabajadores fijos, cualquiera que haya sido la modalidad de su contratación, los que no hubieran sido dados de alta en la Seguridad Social, una vez transcurrido un plazo igual al que legalmente se hubiera podido fijar para el periodo de prueba, salvo que de la propia naturaleza de las actividades o de los servicios contratados se deduzca claramente la duración temporal de los mismos».
Todo ello sin perjuicio de las demás responsabilidades a que hubiere lugar en derecho.
Con arreglo a lo expuesto, el siguiente modelo permitirá a la persona que hubiere trabajado sin estar de alta en el sistema de la Seguridad Social, demandar a la empresa por despido improcedente ante el juzgado de lo social.
JUZGADO DE LO SOCIAL/SECCIÓN DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE [LOCALIDAD] (1)
D./D.ª [NOMBRE_ABOGADO_CLIENTE], Letrado/a en ejercicio del Ilte. Colegio de Abogados de [PROVINCIA], con despacho abierto en [LOCALIDAD], calle [CALLE] n.º [NUMERO], el cual vengo a designar a efectos de comunicaciones, en nombre y representación de D./D.ª [NOMBRE_CLIENTE], mayor de edad, poseedor del D.N.I. n.º...
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