Última revisión
14/04/2025
Demanda de impugnación de acuerdo adoptado por la junta de propietarios por causar grave perjuicio
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Relacionados:
Tiempo de lectura: 13 min
Orden: civil
Fecha última revisión: 14/04/2025
Indica el apartado 1. c) del artículo 18 de la Ley de Propiedad Horizontal que los acuerdos de la junta de propietarios serán impugnables ante los tribunales: «Cuando supongan un grave perjuicio para algún propietario que no tenga obligación jurídica de soportarlo o se hayan adoptado con abuso de derecho».
A TENER EN CUENTA. Por la reforma realizada por la LO 1/2025, de 2 de enero, una vez implantados de forma efectiva los tribunales de instancia (D.T. 1.ª), todas las referencias realizadas a los juzgados unipersonales se entenderán realizadas a las secciones del orden jurisdiccional correspondiente de los tribunales de instancia.
A TENER EN CUENTA. Desde el 03/04/2025 por la reforma realizada por la LO 1/2025, de 2 de enero, se exige para la admisión de las demandas civiles el haber acudido a un medio adecuado de solución de controversias (MASC). Es el artículo 5 de la LO 1/2025, de 2 de enero, el que determina estos casos.
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE [LOCALIDAD]/A LA SECCIÓN DE LO CIVIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE [ESPECIFICAR] (2)
D./D.ª [NOMBRE PROCURADOR CLIENTE], procurador/a de los tribunales, y de D./D.ª [NOMBRE CLIENTE], en virtud de poder [NOTARIAL/APUD_ACTA] copia del cual acompañamos como doc. núm. [NÚMERO], bajo la dirección letrada de D./D.ª [NOMBRE ABOGADO CLIENTE], colegiado [NÚMERO] por el ICA...
Ver el documento "Demanda de impugnación de acuerdo adoptado por la junta de propietarios por causar grave perjuicio"
Acceda bajo demandaAccede a más de 4.000.000 de documentos
Localiza la información que necesitas
