Última revisión
Demanda de impugnación de acuerdo de comunidad de propietarios. No dejar actuar en representación de comunero
Relacionados:
Orden: civil
Fecha última revisión: 26/02/2024
Resumen:
Indica el apartado primero del art. 15 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) que :
«La asistencia a la Junta de propietarios será personal o por representación legal o voluntaria, bastando para acreditar ésta un escrito firmado por el propietario.
Si algún piso o local perteneciese "pro indiviso" a diferentes propietarios éstos nombrarán un representantes para asistir y votar en las juntas.
Si la vivienda o local se hallare en usufructo, la asistencia y el voto corresponderá al nudo propietario, quien, salvo manifestación en contrario, se entenderá representado por el usufructuario, debiendo ser expresa la delegación cuando se trate de los acuerdos a que se refiere la regla primera del artículo 17 o de obras extraordinarias y de mejora.»
El formulario de demanda disponible a continuación permitirá, al comunero a quien se hubiere denegado la participación en junta mediante representación, impugnar el acuerdo adoptado.
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE [LOCALIDAD]
D./D.ª [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], Procurador/a de los Tribunales, y de [NOMBRE_CLIENTE], con [DOMICILIO_CLIENTE] y DNI [NUMERO], en virtud de …
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