Última revisión
02/06/2025
Demanda de juicio ordinario sobre determinación de rentas y reclamación de diferencias en arrendamiento
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Orden: civil
Fecha última revisión: 02/06/2025
La Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, en su Disposición Transitoria Segunda en su apartado D) regula la forma de proceder en los casos de actualización de renta en los contratos de arrendamiento celebrados antes del 9 de mayo de 1.985 y que se encuentren vigentes el día 1 de enero de 1.995. Además, se contempla la posibilidad de repercutir al arrendatario toda una serie de conceptos, como , señaladamente, la total cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y el importe del coste de determinados suministros y servicios que se produzcan a partir de la entrada en vigor de la Ley.
«11. La renta del contrato podrá ser actualizada a instancia del arrendador previo requerimiento fehaciente al arrendatario.
Este requerimiento podrá ser realizado en la fecha en que, a partir de la entrada en vigor de la ley, se cumpla una anualidad de vigencia del contrato."
"10.2 Podrá exigir del arrendatario el total importe de la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles que corresponda al inmueble arrendado. Cuando la cuota no estuviese individualizada se dividirá en proporción a la superficie de cada vivienda.
(...)
10.5 Podrá repercutir en el arrendatario el importe del coste de los servicios y suministros que se produzcan a partir de la entrada en vigor de la ley».
A TENER EN CUENTA. Por la reforma realizada por la LO 1/2025, de 2 de enero, una vez implantados de forma efectiva los tribunales de instancia (D.T. 1.ª), todas las referencias realizadas a los juzgados unipersonales se entenderán realizadas a las secciones del orden jurisdiccional correspondiente de los tribunales de instancia.
A TENER EN CUENTA. Desde el 03/04/2025 por la reforma realizada por la LO 1/2025, de 2 de enero, se exige para la admisión de las demandas civiles el haber acudido a un medio adecuado de solución de controversias (MASC). Es el artículo 5 de la LO 1/2025, de 2 de enero, el que determina estos casos.
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE [LOCALIDAD] QUE POR TURNO CORRESPONDA/SECCIÓN DE LO CIVIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE [ESPECIFICAR] (2)
D./Dña. [NOMBRE_PROCURADOR], procurador/a de los tribunales, en nombre y representación de D./Dña. [NOMBRE_CLIENTE], según acredito mediante escritura de poder que acompaño a este escrito como Documento nº [NUMERO] para su unión a los autos por copia testimonia...
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