Demanda de juicio ordinar...jonamiento

Última revisión
16/04/2025

Demanda de juicio ordinario de solicitud de deslinde y amojonamiento

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Orden: civil

Fecha última revisión: 16/04/2025

Resumen:

El artículo 348 del Código Civil establece que la propiedad es el derecho de gozar y disponer de una cosa o un animal, sin más limitaciones que las que se establecen en las leyes. De la misma forma, el propietario tiene derecho a deslindar su propiedad, con citación de los dueños de los predios colindantes, siguiendo lo dispuesto en el artículo 384 del Código Civil.

A TENER EN CUENTA. Por la reforma realizada por la LO 1/2025, de 2 de enero, una vez implantados de forma efectiva los tribunales de instancia (D.T. 1.ª), todas las referencias realizadas a los juzgados unipersonales se entenderán realizadas a las secciones del orden jurisdiccional correspondiente de los tribunales de instancia.

A TENER EN CUENTA. Desde el 03/04/2025 por la reforma realizada por la LO 1/2025, de 2 de enero, se exige para la admisión de las demandas civiles el haber acudido a un medio adecuado de solución de controversias (MASC). Es el artículo 5 de la LO 1/2025, de 2 de enero, el que determina estos casos.


AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA/A LA SECCIÓN DE LO CIVIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE [LOCALIDAD] (1)

D./D.ª [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], procurador/a de los tribunales, en nombre y representación de D./D.ª [NOMBRE_CLIENTE], mayor de edad, con domicilio en [DESCRIPCIÓN] según acredito mediante [COPIA DE ESCRITURA PÚBLICA/PODER APUD ACTA], comparezco ante este juzgado/esta sección bajo la dirección ...

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