Última revisión
13/05/2025
Demanda de juicio verbal por impago de arrendamiento de cosa
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Orden: civil
Fecha última revisión: 13/05/2025
En el arrendamiento de cosas, una de las partes se obliga a dar a la otra el goce o uso de una cosa por tiempo determinado y precio cierto, según dispone el artículo 1543 del Código Civil.
A TENER EN CUENTA. Por la reforma realizada por la LO 1/2025, de 2 de enero, una vez implantados de forma efectiva los tribunales de instancia (D.T. 1.ª), todas las referencias realizadas a los juzgados unipersonales se entenderán realizadas a las secciones del orden jurisdiccional correspondiente de los tribunales de instancia.
A TENER EN CUENTA. Desde el 03/04/2025 por la reforma realizada por la LO 1/2025, de 2 de enero, se exige para la admisión de las demandas civiles el haber acudido a un medio adecuado de solución de controversias (MASC). Es el artículo 5 de la LO 1/2025, de 2 de enero, el que determina estos casos.
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA [JUZGADO] QUE POR TURNO CORRESPONDA/SECCIÓN DE LO CIVIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE [ESPECIFICAR] (1)
D./D.ª [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], procurador/a de los tribunales, según acredito en escritura que acompaño, en nombre y representación de D./D.ª [NOMBRE_CLIENTE] y bajo la dirección letrada de D./D.ª[NOMBRE_ABOGADO_CLIENTE], núm. [NUMEROCOLEGIADO_ABOGADO_CLIENTE],...
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