Última revisión
Demanda de juicio verbal por interrupción de servicio telefónico y reclamación de cantidad
Relacionados:
Orden: civil
Fecha última revisión: 01/01/2024
Resumen:
Nos encontramos ante un escrito de reclamación de cantidad por interrupción del servicio telefónico por causas ajenas al consumidor.
A TENER EN CUENTA. El RD-ley 6/2023, de 19 de diciembre, modifica el artículo 250 de la LEC con entrada en vigor el 20/03/2024. El presente formulario se encuentra actualizado a esta reforma.
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE [LOCALIDAD]
D./D.ª [NOMBRE PROCURADOR CLIENTE], procurador/a de los tribunales y de D./D.ª [NOMBRE CLIENTE], con DNI [NUMERO], y domicilio en [DOMICILIO CLIENTE], según acredito mediante escritura de poder (notarial/apud acta) que acompaño como doc. [NUMERO], bajo la dirección letrada de D./D.ª [NOMBRE ABOGADO CLIENTE], colegiado/a número [NUMERO] por el ICA [LOCALIDAD], ante el Juzgado comparezco y, como mejor en derecho proceda, DIGO:
Que, por medio del presente escrito, vengo a interponer DEMANDA DE JUICIO VERBAL, frente a la mercantil [NOMBRE_PARTECONTRARIA], con domicilio a efectos de notificaciones en [DOMICILIO_SOCIAL], EN RECLAMACIÓN DE CANTIDAD que se concretará en el suplico de esta demanda.
Todo ello en base a los siguientes
HECHOS
PRIMERO.- Don/Doña [NOMBRE_CLIENTE] es titular de la línea de teléfono [NUM_TLF]. Los días [FECHA], [FECHA] y [FECHA], se produjo una interrupción temporal del servicio durante [NUMERO] horas, sufriendo mi principal perjuicios por ello. Se acredita el contrato suscrito con la operadora como documento número [NUMERO].
SEGUNDO.- La parte actora siempre ha cumplido las obligaciones inherentes al contrato suscrito con la operadora de telefonía demandada, haciendo el pago de todas las facturas, puntualmente, mediante domiciliación bancaria de las mismas. Se acompañan las facturas que prueban este extremo.
TERCERO.- Interponemos demanda por causa de una interrupción de servicio del que se está al corriente de pago, y que no se ha prestado, por causas ajenas al consumidor, en las condiciones pactadas. Este incumplimiento del servicio genera a mi representado derecho a ser resarcido, por lo que se interpone reclamación de cantidad de [CANTIDAD] euros.
CUARTO.- Habiendo reclamado extrajudicialmente las cantidades solicitadas, se han denegado a mi poderdante.
A los anteriores hechos son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- Jurisdicción
Son de aplicación al caso el art. 117 de la CE, 21 de la LOPJ, a cuyo tenor la jurisdicción ordinaria es la competente para conocer de las demandas civiles que se susciten en territorio español. Por el art. 9.2 LOPJ y 36 de la LEC, los Tribunales y Juzgados del orden civil conocerán de las materias que le son propias, de las que no estén atribuidas a otro orden jurisdiccional, y con la extensión y límites que le son inherentes.
Segundo.- Competencia
Objetivamente, y según lo previsto en los artículos 85.1 LOPJ y 45 LEC, el conocimiento de este litigio corresponde a los Juzgados de Primera Instancia, sin perjuicio de la aplicación del artículo 48 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Territorialmente, al tener la condición de consumidor el actor, quien se ha adherido a una oferta pública comercial, resulta
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