Última revisión
Demanda solicitando la extinción de la pensión de alimentos por falta de relación manifiesta imputable a los alimentistas
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Orden: civil
Fecha última revisión: 27/06/2024
Resumen:
Si bien es cierto que la ausencia de relaciones paterno filiales no se contempla expresamente como motivo tasado en el artículo 152 del Código civil, ni en otro precepto para dar por extinguida la obligación alimenticia, no es menos cierto que las "circunstancias" a las que se refieren los artículos 90 del Código Civil y el artículo 775 de la Ley de Enjuiciamiento Civil pueden ser diversas y de diversa naturaleza, sin que en ningún modo constituyan un "númerus clausus".
Así, encontramos que la sentencia del Tribunal Supremo n.º 104/2019, de 19 de febrero, ECLI:ES:TS:2019:502, deja la puerta abierta a la posibilidad de instar la extinción de pensión de alimentos cuando los hijos son mayores de edad y exista una falta de relación manifiesta entre ellos por causa imputable, principalmente, al alimentista.
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO [NÚMERO] DE [LUGAR]
D./D.ª [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], procurador de los tribunales, en nombre y representación de D./D.ª [NOMBRE CLIENTE] con domicilio sito …
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