Demanda de reclamación de pensión de viudedad a la Seguridad Social (pensión compensatoria)
- Orden: Laboral
- Fecha última revisión: 24/09/2021
- Resumen:
Será requisito necesario para formular demanda en materia de prestaciones de Seguridad Social, que los interesados interpongan reclamación previa ante la entidad gestora de las mismas (art. 7 de la LJS). Formulada reclamación previa, la entidad deberá contestar expresamente a la misma en el plazo de cuarenta y cinco días. En caso contrario se entenderá denegada la reclamación por silencio administrativo.
La demanda habrá de formularse en el plazo de 30 días, a contar desde la fecha en que se notifique la denegación de la reclamación previa o desde el día en que se entienda denegada por silencio administrativo.
AL JUZGADO DE LO SOCIAL N.º [NÚMERO]
D./D.ª [NOMBRE], mayor de edad, viudo/a de D./D.ª [NOMBRE] y con domicilio en [DOMICILIO], en su propio nombre y derecho, ante el JUZGADO DE LO SOCIAL comparezco y como mejor proceda en derecho,
DIGO
Por medio del presente escrito, formulo demanda en reclamación de la PENSIÓN DE VIUDEDAD contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y contra la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, con domicilio en [DOMICILIO], en base a los siguientes hechos y fundamentos jurídicos.
HECHOS
I.- La/el demandante [NOMBRE] con DNI [NÚMERO], fue cónyuge de [NOMBRE] con el/la que contrajo matrimonio el [FECHA]. El matrimonio fue disuelto por divorcio en la sentencia de fecha [FECHA] dictada por el Juzgado de Primera Instancia [ESPECIFICAR] en el seno del procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo/contencioso [ESPECIFICAR].
II.- En el convenio regulador en la estipulación [ESPECIFICAR], ambos cónyuges indicaron lo siguiente [ESPECIFICAR].
III.- Ninguna de las dos partes del matrimonio disuelto por la sentencia matrimonial citada volvió a contraer matrimonio con otras personas.
IV.- D./D.ª [ESPECIFICAR] falleció el día [ESPECIFICAR] en [ESPECIFICAR]. En el momento de su fallecimiento estaba dado de alta en la Seguridad Social con número de afiliación [ESPECIFICAR], siendo trabajador/a de la empresa [ESPECIFICAR].
V.- La/el demandante solicitó el día [ESPECIFICAR] pensión de viudedad. El INSS dictó con fecha de [ESPECIFICAR] resolución por la que se le denegó a el/la demandante pensión por [NO SER ACREEDORA DE PENSIÓN COMPENSATORIA/SER ACREEDORA, PERO NO ACREDITAR LA PERCEPCIÓN DE LA MISMA] a la que se refiere el artículo 97 del Código Civil y por no serle de aplicación la disposición transitoria décimo octava de la Ley General de la Seguridad Social en la redacción que le dio la Ley 26/2009 por tenerse producido el divorcio con posterioridad al 1 de enero de 2008.
VI.- Que contra dicha resolución denegatoria interpuse reclamación previa a la vía judicial laboral que también fue resuelta desfavorablemente, lo que acredito mediante copia de la referida reclamación que acompaño al presente escrito como documento n.º [NÚMERO].
VII.- El/la esposo/a se hizo cargo del pago de las cuotas del préstamo hipotecario adjudicado a la/el demandante/a, para ello ingresaba en la cuenta bancaria titularidad de mi mandante la cantidad de [ESPECIFICAR].
VIII.- La/el demandante agotó la vía administrativa previa.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- LEGITIMACIÓN
Le corresponde al/la demandante en atención a lo previsto en el artículo 17 de la
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LEY ORGÁNICA 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 157 Fecha de Publicación: 02/07/1985 Fecha de entrada en vigor: 03/07/1985 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil. VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 206 Fecha de Publicación: 25/07/1889 Fecha de entrada en vigor: 25/07/1889 Órgano Emisor: Presidencia Del Consejo De Ministros
RDLeg. 8/2015 de 30 de Oct (TR. Ley General de la Seguridad Social -LGSS-) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 261 Fecha de Publicación: 31/10/2015 Fecha de entrada en vigor: 02/01/2016 Órgano Emisor: Ministerio De Empleo Y Seguridad Social
- D.F. 8ª. Desarrollo reglamentario.
- D.F. 7ª. Competencias sobre la incapacidad temporal.
- D.F. 6ª bis. Ampliación del régimen de compatibilidad entre la pensión de jubilación y el trabajo por cuenta ajena.
- D.F. 6ª. Trabajadores autónomos dedicados a la venta ambulante o a domicilio.
- D.F. 5ª. Disposiciones relativas a trabajadores por cuenta ajena agrarios.
Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social. VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 245 Fecha de Publicación: 11/10/2011 Fecha de entrada en vigor: 11/12/2011 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
Directiva 2009/148/CE de 30 de Nov DOUE (Protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al amianto durante el trabajo) VIGENTE
Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número: 330 Fecha de Publicación: 16/12/2009 Fecha de entrada en vigor: 05/01/2010 Órgano Emisor: Parlamento Y Consejo
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Sentencia Constitucional Nº 22/2010, TC, Sala Segunda, Rec Cuestión de inconstitucionalidad 176-2006, 27-04-2010
Orden: Constitucional Fecha: 27/04/2010 Tribunal: Tribunal Constitucional Num. Sentencia: 22/2010 Num. Recurso: Cuestión de inconstitucionalidad 176-2006
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Sentencia Constitucional Nº 125/2003, TC, Pleno, Rec Cuestión de inconstitucionalidad 5105/97, 19-06-2003
Orden: Constitucional Fecha: 19/06/2003 Tribunal: Tribunal Constitucional Num. Sentencia: 125/2003 Num. Recurso: Cuestión de inconstitucionalidad 5105/97
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Sentencia Social Nº 417/2015, TSJ Castilla y Leon, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 362/2015, 08-06-2015
Orden: Social Fecha: 08/06/2015 Tribunal: Tsj Castilla Y Leon Ponente: Sancho Aranzasti, Ana Num. Sentencia: 417/2015 Num. Recurso: 362/2015
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Sentencia SOCIAL Nº 970/2019, TSJ Canarias, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1132/2018, 08-10-2019
Orden: Social Fecha: 08/10/2019 Tribunal: Tsj Canarias Ponente: Ramos Real, Eduardo Jesus Num. Sentencia: 970/2019 Num. Recurso: 1132/2018
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Sentencia Social Nº 5689/2015, TSJ Cataluña, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 3662/2015, 02-10-2015
Orden: Social Fecha: 02/10/2015 Tribunal: Tsj Cataluña Ponente: Gan Busto, Maria Del Mar Num. Sentencia: 5689/2015 Num. Recurso: 3662/2015
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