Última revisión
Demanda de recurso contencioso-administrativo contra denegación de nacionalidad por residencia ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional
Relacionados:
Orden: administrativo
Fecha última revisión: 11/01/2024
Resumen:
La resolución de los expedientes de adquisición de la nacionalidad española por residencia le corresponde al Ministerio de Justicia. El Ministerio de Justicia puede delegar competencias por medio de órdenes ministeriales, para lograr mayor eficacia y agilidad en la prestación de sus servicios.
Según el artículo 25 de la Ley 29/1998, de 13 de julio el recurso contencioso-administrativo es admisible en relación con las disposiciones de carácter general y con los actos expresos y presuntos de la Administración pública que pongan fin a la vía administrativa, ya sean definitivos o de trámite, si estos últimos deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos.
Procedimiento Ordinario:[NÚMERO]
A LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN N.º [NÚMERO] DE LA AUDIENCIA NACIONAL
Don/Doña [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], procurador/a, en nombre y …
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