Última revisión
20/01/2025
Demanda de recurso contencioso-administrativo contra denegación de nacionalidad por residencia ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional
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Tiempo de lectura: 10 min
Orden: administrativo
Fecha última revisión: 20/01/2025
La resolución de los expedientes de adquisición de la nacionalidad española por residencia le corresponde al Ministerio de Justicia. El Ministerio de Justicia puede delegar competencias por medio de órdenes ministeriales, para lograr mayor eficacia y agilidad en la prestación de sus servicios.
Según el artículo 25 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, el recurso contencioso-administrativo es admisible en relación con las disposiciones de carácter general y con los actos expresos y presuntos de la Administración pública que pongan fin a la vía administrativa, ya sean definitivos o de trámite, si estos últimos deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos.
Procedimiento Ordinario:[NÚMERO]
A LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN N.º [NÚMERO] DE LA AUDIENCIA NACIONAL
Don/Doña [NOMBRE_PROCURADOR/A_CLIENTE], procurador/a, en nombre y representación de don/doña [NOMBRE_CLIENTE], según tengo acreditado en el procedimiento referenciado, ante la sala comparezco y como mejor proceda en derecho,
DIGO
El día [DÍA] de [MES] de [AÑO] me ha sido notific...
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