Demanda de responsabilidad extracontractual por falta de información/consentimiento informado
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Demanda de responsabilida... informado

Última revisión
01/01/2024

Demanda de responsabilidad extracontractual por falta de información/consentimiento informado

Tiempo de lectura: 15 min

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Orden: civil

Fecha última revisión: 01/01/2024

Resumen:

La responsabilidad extracontractual se regula en el artículo 1902 del CC que dispone que quien cause daño a otro, interviniendo culpa o negligencia está obligado a reparar el daño causado.

Aquellos profesionales médicos que incumplan la obligación de medios conforme a la lex artis ad hoc de su profesión serán declarados civilmente responsables y deberán resarcir los daños y perjuicios ocasionados.

El incumplimiento de los deberes de información al paciente y de consentimiento informado pueden suponer la vulneración de la lex artis.

A TENER EN CUENTA. El RD-ley 6/2023, de 19 de diciembre, modifica el artículo 249 de la LEC con entrada en vigor el 20/03/2024. El presente formulario se encuentra actualizado a esta reforma.


AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE [LOCALIDAD]


D./D.ª [NOMBRE_PROCURADOR/A], Procurador/a de los Tribunales, colegiado/a n.º [NÚMERO_COLEGIADO_PROCURADOR_CLIENTE] en nombre y representación de D./D.ª [NOMBRE],  con DNI/NIE/NIF n.º. [NÚMERO] y domicilio en C/[CALLE], n.º [NÚMERO], CP [CÓDIGO_POSTAL], [LOCALIDAD], [PROVINCIA] según acredito por medio de [ESCRITURA DE PODER QUE SE ACOMPAÑA COMO DOCUMENTO N.º [NUMERO]/APUD ACTA], bajo la dirección letrada de D./D.ª [NOMBRE], colegiado número [NÚMERO] ICA [LOCALIDAD], ante el Juzgado comparezco y, como mejor proceda en Derecho,

DIGO

Que en la representación que ostento, procedo a interponer DEMANDA DE JUICIO ORDINARIO en reclamación de cantidad por responsabilidad extracontractual contra D./D.ª [NOMBRE], con dirección en [DOMICILIO_PARTE_CONTRARIA] y [NIF_CIF_DNI_PARTE_CONTRARIA],y contra la aseguradora [NOMBRE] con CIF número [NÚMERO] y dirección en [DOMICILIO_SOCIAL].

Todo ello con relación a los siguientes,

HECHOS


PRIMERO.- Mi representado/a, en fecha [FECHA] sufrió una caída en su domicilio que le produjo [DESCRIPCIÓN], siendo trasladado en ambulancia al centro médico/hospital [NOMBRE].

SEGUNDO.- En el centro médico es atendido por el/la Dr./a [NOMBRE], hoy demandado/a.

Tras las pruebas radiológicas y exploraciones correspondientes, se le intervino quirúrgicamente.

TERCERO.- Mi mandante sufre tetraplejia como consecuencia de aquella intervención, sin haber sido informado/a previamente de los riesgos de la misma ni haber firmado el consentimiento preceptivo.

El dictamen pericial médico que aportamos como documento [NÚMERO] dispone además que dicha intervención no era aconsejable en todos los casos en que se presenta una lesión como la de mi mandante y que es el/la paciente, tras ser informado/a de los graves riesgos que pueden derivarse de la cirugía practicada, el/la que debe sopesar y decidir libremente si someterse a la misma.

CUARTO.- La indemnización por los días de hospitalización, daños y secuelas, ascienden a [CUANTÍA] €, todo ello de conformidad con el baremo de la ley responsabilidad civil y seguro en vehículos a motor vigente en el momento de los daños producidos.

El desglose de los referidos daños es: [DESCRIPCIÓN].

A los anteriores hechos les son de aplicación los siguientes,


FUNDAMENTOS DE DERECHO

I.- JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA

En cuanto a la jurisdicción, son de aplicación los arts. 21 y ss. de la LOPJ, así como lo establecido en el art. 36 de la LEC. Corresponde a la jurisdicción civil por tratarse de daños producidos por un médico particular de la sanidad privada.

Es competente el Juzgado al que me dirijo conforme al artículo 50.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Aunque el domicilio de la aseguradora se encuentre en lugar, es de aplicación el artículo 53.2 LEC que dispone que cuando hubiere varios demandados y pudiera corresponder la competencia territorial a los jueces de más de un lugar, la demanda podrá presentarse ante cualquiera de ellos a elección del demandante.

II.- CAPACIDAD Y LEGITIMACIÓN

Poseen las partes capacidad y legitimación suficiente de conformidad con lo estipulado en los arts. 6, 10 y concordantes de la LEC.

III.- REPRESENTACIÓN

Las partes deberán comparecer por medio de procurador y asistidas de letrado, de conformidad con lo expuestos en los arts. 23 y 31 de la LEC, al ser la cuantía del procedimiento superior a 2.000 €.

IV.- PROCEDIMIENTO

De tramitación por los cauces del procedimiento ordinario de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 249.2 de la LEC (1), al ser la cuantía reclamada superior a 15.000 € y no concretarse en ninguna de las materias establecidas en el art. 250 de la

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