Última revisión
03/10/2025
Demanda solicitando la ejecución de un acuerdo aprobado en la junta de propietarios
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Relacionados:
Tiempo de lectura: 6 min
Orden: civil
Fecha última revisión: 03/10/2025
El apartado 3 del art. 19 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal (en adelante LPH) señala:
«3. El acta deberá cerrarse con las firmas del presidente y del secretario al terminar la reunión o dentro de los diez días naturales siguientes. Desde su cierre los acuerdos serán ejecutivos, salvo que la Ley previere lo contrario.
El acta de las reuniones se remitirá a los propietarios de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 9».
A TENER EN CUENTA. Por la reforma realizada por la LO 1/2025, de 2 de enero, una vez implantados de forma efectiva los tribunales de instancia (D.T. 1.ª), todas las referencias realizadas a los juzgados unipersonales se entenderán realizadas a las secciones del orden jurisdiccional correspondiente de los tribunales de instancia.
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE [LUGAR]/A LA SECCIÓN DE LO CIVIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE [ESPECIFICAR] (1)
D./D.ª [NOMBRE PROCURADOR CLIENTE], procurador/a de los tribunales, y de D./D.ª [NOMBRE CLIENTE], en virtud de poder [NOTARIAL/APUD_ACTA] copia del cual acompañamos como documento n.º [NÚMERO], bajo la dirección letrada de D./D.ª [NOMBRE ABOGADO CLIENTE], colegiado/a [NÚMERO] por el IC...
Ver el documento "Demanda solicitando la ejecución de un acuerdo aprobado en la junta de propietarios"
Acceda bajo demandaAccede a más de 4.000.000 de documentos
Localiza la información que necesitas
