Última revisión
Denuncia por amenazas, coacciones y robo con intimidación
Relacionados:
Orden: penal
Fecha última revisión: 28/01/2019
Resumen:
El Código penal regula en el Art. 169 y siguientes el tipo penal de las amenazas, y del Art. 172 y siguientes, las coacciones.
Asimismo, el robo con violencia o intimidación aparece regulado en el Art. 242 .
AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE [LOCALIDAD]
D./Dña. [NOMBRE_CLIENTE], mayor de edad, [ESTADO_CIVIL_CLIENTE], con domicilio en la Ciudad de [CIUDAD] calle [CALLE] nº [NUMERO], titular del Documento Nacional de Identidad nº [NUMERO], ante el Juzgado comparezco y, como mejor proceda en derecho, DIGO:
Que de conformidad con los artículos 259 y concordantes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) , formulo DENUNCIA contra D./Dña. [NOMBRE_PARTECONTRARIA], vecino de [LOCALIDAD] calle [CALLE] nº [NUMERO] con D.N.I. nº [NUMERO]
Sin perjuicio de dirigir las acciones civiles y penales contra cualesquiera otras personas que a tenor de la resultancia de la investigación pudieran haber intervenido en los hechos que se relatan.
La presente denuncia se fundamenta en los siguientes
HECHOS
Primero En diversas ocasiones, entre los meses de [DESCRIPCIÓN] el denunciado me amenazaba con agredirme a mí y a mí hermano, concretamente con [DESCRIPCIÓN] incluso en un par de ocasiones, portando y exhibiendo una navaja pequeña, tipo multiusos, si no le entregaba [CANTIDAD] €.
Segundo Ante la actitud agresiva del denunciado, y ante la credibilidad de que llevara a cabo sus amenazas, procedí a entregarle en [NÚMERO] ocasiones, la cantidad de [CANTIDAD] €,
Tercero En una de estas ocasiones, estaba presente [NOMBRE] quien puede atestiguar la realidad de lo acaecido.
Cuarto A mayor abundamiento, el denunciado procedió a mandarme mensajes al móvil, reiterando las amenazas descritas en el apartado primero (Adjunto copia de los mensajes como doc. núm [NÚMERO], para su unión a la presente previo cotejo por el Letrado de la Administración de Justicia).
Quinto Considero, que, sin perjuicio de la calificación definitiva que se produzca, estos hechos son constitutivos de un delito de robo con intimidación y dedos posibles delitos continuados de amenazas y de coacciones.
Así, el robo con intimidación aparece tipificado en el art. 242 CP, que en su
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