Última revisión
Denuncia ante la fiscalía por ciberbullying
Relacionados:
Orden: penal
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
El artículo 124 de la Constitución establece que corresponde al Ministerio Fiscal promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los intereses de los ciudadanos y del interés público.
Los artículos 259 y 262 Ley Enjuiciamiento Criminal establecen que el que presencie cualquier delito público está obligado a ponerlo en conocimiento del Ministerio Fiscal, entre otros. Por lo tanto se incluye al Ministerio Fiscal entre los obligados a recibir y cursar denuncias.
El hostigamiento a través de medios electrónicos de comunicación o uso de los medios telemáticos (Internet, telefonía móvil y videojuegos online principalmente) para ejercer el acoso psicológico entre iguales que se denominaría ciberbullying. Como característica principal esta que se produce entre menores en ambos extremos, pero no si entra en juego un adulto, ya que en ese caso estaríamos ante otro tipo de delito cibernético. Podríamos definirlo como actuaciones de chantaje, vejaciones e insultos de niños a otros niños.
A LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO
FISCALIA TERRITORIAL DE [ESPECIFICAR]
[DIRECCION]
[NOMBRE] (1) con DNI [DNI] y con domicilio a efecto de notificación sito en [DIRECCION], comparece en su condición …
Ver el documento "Denuncia ante la fiscalía por ciberbullying"
Acceda bajo demandaAccede a más de 4.000.000 de documentos
Localiza la información que necesitas
LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS
Consideraciones para la elaboración de un protocolo para la prevención del ciberbullying
13.60€
12.92€