Denuncia de robo con fuerza. Llave falsa

Última revisión
10/11/2025

Denuncia de robo con fuerza. Llave falsa

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Orden: penal

Fecha última revisión: 10/11/2025

Resumen:

De acuerdo con lo dispuesto en el art. 239 del Código Penal, se considerarán llaves falsas:

«1. Las ganzúas u otros instrumentos análogos.

2. Las llaves legítimas perdidas por el propietario u obtenidas por un medio que constituya infracción penal.

3. Cualesquiera otras que no sean las destinadas por el propietario para abrir la cerradura violentada por el reo.

A los efectos del presente artículo, se consideran llaves las tarjetas, magnéticas o perforadas, los mandos o instrumentos de apertura a distancia y cualquier otro instrumento tecnológico de eficacia similar».

Ante la comisión de un robo con fuerza que implique el empleo de llave falsa en los expresados términos, podrá interponerse el pertinente escrito de denuncia con ayuda del siguiente formulario.

A TENER EN CUENTA. En la nueva redacción dada al art. 265 de la LECrim por el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, con entrada en vigor el 20/03/2024, se incluye un nuevo apartado segundo que regula el contenido de la denuncia, estableciendo que en ella se habrá de identificar la persona denunciante e incluir la narración circunstanciada del hecho denunciado. En caso de persona jurídica o ente sin personalidad jurídica, deberá identificarse también la persona física que formula la denuncia en su nombre, indicando su relación con la persona jurídica o el ente sin personalidad denunciante. Igualmente, si fueran conocidas, contendrá la identificación de las personas que lo hayan cometido y de quienes lo hayan presenciado o tengan información sobre él. También indicará la existencia de cualquier fuente de conocimiento de la que el denunciante tenga noticia, que pueda servir para esclarecer el hecho denunciado. Este formulario se encuentra actualizado a la referida reforma.

Por otro lado, tras la reforma realizada por la LO 1/2025, de 2 de enero, una vez implantados de forma efectiva los tribunales de instancia (D.T. 1.ª), todas las referencias realizadas a los juzgados unipersonales se entenderán realizadas a las secciones del orden jurisdiccional correspondiente de los tribunales de instancia.



AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE [LUGAR] QUE CORRESPONDA / A LA SECCIÓN DE INSTRUCCIÓN DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE [LOCALIDAD] QUE CORRESPONDA (1)


D./D.ª [NOMBRE_CLIENTE], mayor de edad, [ESTADO_CIVIL_CLIENTE], con domicilio en [CIUDAD], calle [CALLE], n.º [NUMERO], titular del Documento Nacional de Identidad n.º [NUMERO], comparezco y, como mejor proceda en derecho,

DIGO


Que, de conformidad con los art...
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