Última revisión
Escrito justificando la incomparecencia en el acto de conciliación laboral
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 07/09/2021
Resumen:
La asistencia al acto de conciliación o de mediación es obligatoria para los litigantes (art. 66 de la
Cuando estando debidamente citadas las partes para el acto de conciliación o de mediación
Si no compareciera la otra parte, debidamente citada, se hará constar expresamente en la certificación del acta de conciliación o de mediación y se tendrá la conciliación o la mediación por intentada sin efecto, y el juez o tribunal impondrán las costas del proceso a la parte que no hubiere comparecido sin causa justificada, incluidos honorarios, hasta el límite de seiscientos euros, del letrado o graduado social colegiado de la parte contraria que hubieren intervenido, si la sentencia que en su día dicte coincidiera esencialmente con la pretensión contenida en la papeleta de conciliación o en la solicitud de mediación.
Si el solicitante alega justa causa para la inasistencia, se hará nuevo señalamiento en caso de que aún queden días hábiles para celebrarlo, sin que se paralicen los plazos de quince y treinta días establecidos en el artículo 65.1 y 2 de la
AL SERVICIO DE MEDIACIÓN, ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN DE [PROVINCIA]
D./D.ª [NOMBRE_TRABAJADOR_A], mayor de edad, con DNI [DNI_TRABAJADOR] y con domicilio en [DOMICILIO_TRABAJADOR], ante el SMAC …
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