Última revisión
Formulario genérico de recurso de reposición ante el juzgado de lo social
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 18/01/2019
Resumen:
1. Contra las diligencias de ordenación y decretos no definitivos cabrá recurso de reposición ante el secretario judicial que dictó la resolución recurrida, excepto en los casos en que la ley prevea recurso directo de revisión. (Art. 186, LJS).
2. Contra todas las providencias y autos cabrá recurso de reposición ante el mismo juez o tribunal que dictó la resolución recurrida.
3. La interposición del recurso de reposición no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida.
4. No habrá lugar al recurso de reposición contra providencias, autos, diligencias de ordenación y decretos que se dicten en los procesos de conflictos colectivos, en los procesos en materia electoral, cuando versen sobre el ejercicio de conciliación de la vida personal familiar y laboral, y en los procesos de impugnación de convenios colectivos, sin perjuicio, en su caso, de poder efectuar la alegación correspondiente en el acto de la vista.
5.- El recurso de reposición deberá interponerse en el plazo de tres días contra las resoluciones dictadas en procedimientos seguidos ante un órgano unipersonal y de cinco días contra las resoluciones dictadas en procedimientos seguidos ante un órgano colegiado, expresándose la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente.
Autos núm. [NUMERO]
AL JUZGADO DE LO SOCIAL DE [PROVINCIA]
D.Dña. [NOMBRE_ABOGADO_CLIENTE] Letrado del Ilustre Colegio de [PROVINCIA] en nombre y representación de D [NOMBRE_CLIENTE], con domicilio en …
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