Querella por delito de al... de bienes

Última revisión
24/10/2025

Querella por delito de alzamiento de bienes

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Tiempo de lectura: 6 min

Orden: penal

Fecha última revisión: 24/10/2025

Resumen:

El bien jurídico protegido en este tipo de delitos es de insolvencias punibles, es la protección del derecho de los acreedores a ejecutar y hacer efectivo su crédito, es decir, que no se defraude en caso de impago del deudor, el principio de responsabilidad universal del artículo 1911 del Código Civil que establece que «del cumplimiento de las obligaciones responde el deudor con todos sus bienes, presentes y futuros».

Para la consumación del delito basta con que el deudor quede en una aparente situación de insolvencia, que haga imposible el cobro por parte de su acreedor y no pueda hacer efectivo su crédito. Es decir, no se exige que el deudor cause un perjuicio real al acreedor, sino que lesiones sus intereses crediticios, haciendo imposible la satisfacción del crédito.

El tipo general del delito se establece en el artículo 257.1 y 257.2 del Código Penal, dejando en el punto tercero 257.3, el tipo agravado que hace referencia a «derechos económicos de los trabajadores, y con independencia de que el acreedor sea un particular o cualquier persona jurídica, pública o privada». Asimismo, el artículo 258 establece el tipo especial cuando, inmerso el deudor en una ejecución, presente a la autoridad o funcionario encargados de la ejecución una relación de bienes o patrimonio incompleta o mendaz, y con ello dilate, dificulte o impida la satisfacción del acreedor.

La persona perjudicada por un delito de alzamiento de bienes podrá interponer la pertinente querella valiéndose del siguiente formulario.

A TENER EN CUENTA. Por la reforma operada por la LO 1/2025, de 2 de enero, una vez implantados de forma efectiva los tribunales de instancia (D.T. 1.ª), todas las referencias realizadas a los juzgados unipersonales se entenderán hechas a las secciones del orden jurisdiccional correspondiente de los tribunales de instancia. 


AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO [NUMERO]
DE [LOCALIDAD]/A LA SECCIÓN DE INSTRUCCIÓN DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE [ESPECIFICAR] (4)

D./D.ª [NOMBRE_PROCURADOR], Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de D./D.ª [NOMBRE_CLIENTE], según acredito mediante poder especial que acompaño (Doc. N.º 1) y en el que constan sus datos personales, ante el Juzgado comparezco con la asistencia letr...

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