Última revisión
07/01/2026
Querella por delitos de estafa y falsedad documental (art. 277 de LECRIM y 248 y 390 del Código Penal)
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Orden: penal
Fecha última revisión: 07/01/2026
De acuerdo con los arts. 248 y 249 del Código Penal (CP) cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno, siendo los reos de estafa castigados con la pena de prisión de seis meses a tres años. Dispone el citado artículo 248 que «Para la fijación de la pena se tendrá en cuenta el importe de lo defraudado, el quebranto económico causado al perjudicado, las relaciones entre este y el defraudador, los medios empleados por este y cuantas otras circunstancias sirvan para valorar la gravedad de la infracción.
Si la cuantía de lo defraudado no excediere de 400 euros, se impondrá la pena de multa de uno a tres meses».
Por su parte, el delito de falsedad documental se encuentra regulado en los arts. 390 y ss. del CP, constituyendo este delito aquella acción que suponga la alteración de alguno de los elementos esenciales de un documento, la simulación total o parcial de un documento que induzca a error, la suposición de la intervención en un acto de personas que no han participado en este o la atribución a los intervinientes de declaraciones que no han hecho, o la falta a la verdad en narración de hechos. Será castigado con pena de prisión de tres a seis años, multa de seis a veinticuatro meses e inhabilitación especial por tiempo de dos a seis años, la autoridad o funcionario público que cometa falsedad en el ejercicio de sus funciones.
A TENER EN CUENTA. Por la reforma realizada por la LO 1/2025, de 2 de enero, una vez implantados de forma efectiva los tribunales de instancia (D.T. 1.ª), todas las referencias realizadas a los juzgados unipersonales se entenderán realizadas a las secciones del orden jurisdiccional correspondiente de los tribunales de instancia.
AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE [CIUDAD]/A LA SECCIÓN DE INSTRUCCIÓN DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE [LOCALIDAD] (1)
Don/Doña [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], procurador/a de los tribunales, en nombre y representación procesal de don/doña [NOMBRE_CLIENTE], y con domicilio en [DOMICILIO_CLIENTE], cuyo apoderamiento se acompaña al presente escrito como documento n.º [NÚM_DOC], actuando bajo la dirección letra...
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