Última revisión
Reclamación económico-administrativa individual por improcedencia de una colectiva
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
De acuerdo con el art. 235.1 LGT, «La reclamación económico-administrativa en única o primera instancia se interpondrá en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado, desde el día siguiente a aquél en que se produzcan los efectos del silencio administrativo o desde el día siguiente a aquél en que quede constancia de la realización u omisión de la retención o ingreso a cuenta, de la repercusión motivo de la reclamación o de la sustitución derivada de las relaciones entre el sustituto y el contribuyente.»
El siguiente formulario permite la interposición de una reclamación económico-administrativa a título individual cuando, previamente, el TEAR hubiere considerado la improcedencia de una reclamación colectiva.
AL TRIBUNAL ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL DE [COMUNIDAD_AUTÓNOMA]
Don/Doña [NOMBRE] con N.I.F. [NIF] con domicilio fiscal en [DOMICILIO] y domicilio a efecto de notificaciones en [DOMICILIO], …
Ver el documento "Reclamación económico-administrativa individual por improcedencia de una colectiva"
Acceda bajo demandaAccede a más de 4.000.000 de documentos
Localiza la información que necesitas