Última revisión
24/04/2026
Recurso de apelación de persona jurídica contra auto por el que se acuerda la medida cautelar de intervención judicial
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Orden: penal
Fecha última revisión: 24/04/2026
De acuerdo con el artículo 33.7.g) del Código Penal:
«7. Las penas aplicables a las personas jurídicas, que tienen todas la consideración de graves, son las siguientes:
(...) La clausura temporal de los locales o establecimientos, la suspensión de las actividades sociales y la intervención judicial podrán ser acordadas también por el Juez Instructor como medida cautelar durante la instrucción de la causa».
Procedimiento: [ESPECIFICAR]
Número [NÚMERO] / [AÑO]
A LA PLAZA N.º [NÚMERO] DE LA SECCIÓN DE INSTRUCCIÓN DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE [LOCALIDAD]
PARA ANTE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE [PROVINCIA] (1)
Don/Doña [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], procurador/a de los Tribunales, en nombre y representación de Don/Doña [NOMBRE_CLIENTE], con domicilio en esta ciudad [DOMICILIO_CLIENTE], y provisto/a de DNI número ...
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