Última revisión
17/04/2026
Recurso contencioso-administrativo contra la no renovación de la autorización de trabajo y residencia por existir antecedentes penales
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Tiempo de lectura: 13 min
Orden: administrativo
Fecha última revisión: 17/04/2026
El art. 31.7 de la LOEX señala que, para la renovación de las autorizaciones de residencia temporal, se valorará en su caso:
a) Los antecedentes penales, considerando la existencia de indultos o las situaciones de remisión condicional de la pena o la suspensión de la pena privativa de libertad.
b) El incumplimiento de las obligaciones del extranjero en materia tributaria y de seguridad social.
A los efectos de dicha renovación, se valorará especialmente el esfuerzo de integración del extranjero que aconseje su renovación, acreditado mediante un informe positivo de la comunidad autónoma que certifique la asistencia a las acciones formativas contempladas en el artículo 2 ter de la mencionada ley.
AL [ÓRGANO] QUE POR TURNO DE REPARTO CORRESPONDA (1)
Don/Doña [NOMBRE_ABOGADO_CLIENTE] letrado, colegiado [NÚMERO], con despacho profesional en [DIRECCIÓN] y [TELÉFONO], actuando en nombre y representación de don/doña [NOMBRE_CLIENTE], con [NIF_CIF_DNI_CLIENTE], representación que consta acreditada en virtud del poder que acompaño y cuya devolución, previo su testimonio en autos, expresamente soli...
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