Última revisión
09/04/2026
Recurso de reforma contra denegación de orden de protección
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Orden: penal
Fecha última revisión: 09/04/2026
La orden de protección aparece regulada en el artículo 544 bis y 544 ter de la Ley de Enjuiciamiento Criminal:
«En los casos en los que se investigue un delito de los mencionados en el artículo 57 del Código Penal, el juez o tribunal podrá, de forma motivada y cuando resulte estrictamente necesario al fin de protección de la víctima o evitar la reiteración delictiva, imponer cautelarmente al inculpado la prohibición de residir en un determinado lugar, barrio, municipio, provincia u otra entidad local, o comunidad autónoma.
En las mismas condiciones podrá imponerle cautelarmente la prohibición de acudir a determinados lugares, barrios, municipios, provincias u otras entidades locales, o comunidades autónomas, o de aproximarse o comunicarse, con la graduación que sea precisa, a determinadas personas».
A TENER EN CUENTA. Este artículo 544 bis de la LECRIM se ha visto reformado por la LO 1/2026, de 8 de abril, con entrada en vigor el 10/04/2026, para incluir la solicitud de medidas cautelares para evitar la reiteración delictiva.
«1. El Juez de Instrucción dictará orden de protección para las víctimas de violencia doméstica en los casos en que, existiendo indicios fundados de la comisión de un delito o falta contra la vida, integridad física o moral, libertad sexual, libertad o seguridad de alguna de las personas mencionadas en el artículo 173.2 del Código Penal, resulte una situación objetiva de riesgo para la víctima que requiera la adopción de alguna de las medidas de protección reguladas en este artículo».
A TENER EN CUENTA.Por la reforma operada por la LO 1/2025, de 2 de enero, una vez implantados de forma efectiva los tribunales de instancia (D.T. 1.ª), todas las referencias realizadas a los juzgados unipersonales se entenderán hechas a las secciones del orden jurisdiccional correspondiente de los tribunales de instancia.
Procedimiento [NUMERO/AÑO]
A LA PLAZA [NÚMERO] DE LA SECCIÓN DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE [LOCALIDAD] (1)
Don/Doña [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], procurador/a de los Tribunales, en nombre y representación de Don/Doña [NOMBRE_CLIENTE], con domicilio en esta ciudad [DOMICILIO_CLIENTE], y provista de DNI número [DNI_NUMERO] lo que acredito mediante escritura de poder general...
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