Última revisión
Reposición en el ámbito tributario
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 28/06/2024
Resumen:
Los actos dictados por la Administración tributaria susceptibles de reclamación económico-administrativa podrán ser objeto de recurso potestativo de reposición. Dicho procedimiento se regula en los artículos 222 a 225 de la LGT y 21 a 27 del RGDRVA.
El recurso de reposición deberá interponerse, en su caso, con carácter previo a la reclamación económico-administrativa. Si el interesado interpusiera el recurso de reposición no podrá promover la reclamación económico-administrativa hasta que el recurso se haya resuelto de forma expresa o hasta que pueda considerarlo desestimado por silencio administrativo.
El plazo para interponer recurso de reposición será de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación del acto recurrible o del siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo. Tratándose de deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva, el plazo para la interposición se computará a partir del día siguiente al de finalización del período voluntario de pago.
Se podrá suspender la ejecución del acto impugnado en reposición presentando solicitud de suspensión y aportando garantía suficiente que cubra el importe del acto impugnado, los intereses de demora que genere la suspensión y los recargos que procederían en caso de ejecución de la garantía. Si la impugnación afectase a una sanción tributaria, su ejecución quedará suspendida automáticamente sin necesidad de aportar garantías, de conformidad con el artículo 212.3 de la LGT. Podrá suspenderse la ejecución del acto recurrido sin necesidad de aportar garantía cuando se aprecie que al dictarlo se ha podido incurrir en error aritmético, material o, de hecho. Sin embargo, si la impugnación afectase a un acto censal relativo a un tributo de gestión compartida, no se suspenderá en ningún caso, por este hecho, el procedimiento de cobro de la liquidación que pueda practicarse.
Será competente para conocer y resolver el recurso de reposición el órgano que dictó el acto recurrido.
ADMINISTRACIÓN DE LA AEAT DE [LUGAR]
AL [ÓRGANO] (1)
Don/Doña [NOMBRE] mayor de edad, con DNI [NÚMERO Y LETRA DNI] y domicilio a efectos de notificaciones en [DOMICILIO], actuando en nombre …
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