Última revisión
Recurso de reposición contra providencia apremio por falta de notificación de la liquidación
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2024
Resumen:
A tenor del art. 167 LGT, contra la providencia de apremio sólo serán admisibles los siguientes motivos de oposición:
«a) Extinción total de la deuda o prescripción del derecho a exigir el pago.
b) Solicitud de aplazamiento, fraccionamiento o compensación en período voluntario y otras causas de suspensión del procedimiento de recaudación.
c) Falta de notificación de la liquidación.
d) Anulación de la liquidación.
e) Error u omisión en el contenido de la providencia de apremio que impida la identificación del deudor o de la deuda apremiada».
Ante la falta de notificación de la liquidación, el siguiente formulario permitirá recurrir en reposición la providencia de apremio.
AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
ADMINISTRACIÓN DE LA A.E.A.T. DE [LUGAR]
ÓRGANO COMPETENTE [ESPECIFICAR]
Don/Doña [NOMBRE] con NIF [NIF] con domicilio fiscal en [DOMICILIO] y domicilio a …
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