Última revisión
23/06/2025
Escrito de solicitud de la intervención judicial en caso de desacuerdo en el ejercicio de la patria potestad (arts. 85 y ss. de la Ley de Jurisdicción voluntaria y art. 156 del CC). Con MASC
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Orden: civil
Fecha última revisión: 23/06/2025
El párrafo tercero del artículo 156 del CC dicta que:
«En caso de desacuerdo en el ejercicio de la patria potestad, cualquiera de los dos podrá acudir a la autoridad judicial, quien, después de oír a ambos y al hijo si tuviera suficiente madurez y, en todo caso, si fuera mayor de doce años, atribuirá la facultad de decidir a uno de los dos progenitores. Si los desacuerdos fueran reiterados o concurriera cualquier otra causa que entorpezca gravemente el ejercicio de la patria potestad, podrá atribuirla total o parcialmente a uno de los progenitores o distribuir entre ellos sus funciones. Esta medida tendrá vigencia durante el plazo que se fije, que no podrá nunca exceder de dos años (...)».
Así, el artículo 86 de la LJV establece que en caso de concurrir desacuerdo en el ejercicio de la patria potestad «será competente el Juzgado de Primera Instancia del domicilio o, en su defecto, de la residencia del hijo. No obstante, si el ejercicio conjunto de la patria potestad por los progenitores hubiera sido establecido por resolución judicial, será competente para conocer del expediente el Juzgado de Primera Instancia que la hubiera dictado».
A TENER EN CUENTA. Conforme a la D.A.1.ª de la LO 1/2025, de 2 de enero, las referencias de la LJV a los juzgados de primera instancia y de lo mercantil deben entenderse hechas a las secciones correspondientes de los tribunales de instancia, cuya implementación finaliza el 31/12/2025. En este caso para determinar la sección competente habrá que atender a lo dispuesto en el art. 86.5 letra j) de la LOPJ, o, en su caso, al art. 89.6 letra g) de la LOPJ.
Para la tramitación del expediente relativo a la intervención judicial en los casos de desacuerdo en el ejercicio de la patria potestad será necesario acudir previamente a un MASC. Esta obligación se encuentra en vigor desde el 03/04/2025.
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE [LOCALIDAD]/A LA SECCIÓN DE FAMILIA, INFANCIA Y CAPACIDAD DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE [ESPECIFICAR] (1)
Don/Doña [NOMBRE_CLIENTE] (2) mayor de edad, con domicilio en [DOMICILIO_CLIENTE] de [LOCALIDAD] con DNI número [NÚMERO], ante este juzgado/esta sección comparezco y, como mejor proceda en derecho,
DIGO
Mediante el presente escrito formulo SOLICITUD DE INTERVENCI...
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