Última revisión
06/03/2026
Solicitud de autorización judicial para expedición de pasaporte de menor (artículo 85 de la Ley de Jurisdicción Voluntaria)
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Orden: civil
Fecha última revisión: 06/03/2026
El Real Decreto 896/2003, de 11 de julio, por el que se regula la expedición del pasaporte ordinario y se determinan sus características, determina en su artículo 4.2 que, para la expedición del pasaporte a los menores de edad o personas con discapacidad, deberá constar el consentimiento expreso de los padres, tutores o curadores indicando que pueden prestarlo, debiendo en caso contrario suplir su falta con autorización judicial. Dicha autorización judicial se solicitará por los cauces de la jurisdicción voluntaria y, en concreto, a través del artículo 85 y siguientes de la LJV, de tramitación de expedientes relativos a la patria potestad.
A TENER EN CUENTA. Por la reforma realizada por la LO 1/2025, de 2 de enero, una vez implantados de forma efectiva los tribunales de instancia (D.T. 1.ª), todas las referencias realizadas a los juzgados unipersonales se entenderán realizadas a las secciones del orden jurisdiccional correspondiente de los tribunales de instancia.
A LA PLAZA N.º [NÚMERO] DE LA SECCIÓN DE FAMILIA, INFANCIA Y CAPACIDAD DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE [LOCALIDAD] (1)
Don/Doña [NOMBRE_CLIENTE] (2), mayor de edad, con domicilio en [DOMICILIO_CLIENTE] de [LOCALIDAD] y DNI número [NUMERO], ante esta sección comparezco y, como mejor proceda en derecho,
DIGO
Que mediante el presente escrito formulo SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA EXPEDICIÓN DE PAS...
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