Última revisión
Solicitud de disolución judicial de sociedades por parte de interesado (artículo 366 de la Ley de Sociedades de Capital)
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Orden: mercantil
Fecha última revisión: 13/10/2020
Resumen:
El artículo 366 de la Ley de Sociedades de Capital, nos indica que si la junta no fuera convocada, no se celebrara, o no adoptara alguno de los acuerdos previstos en el artículo anterior, cualquier interesado podrá instar la disolución de la sociedad ante el juez de lo mercantil del domicilio social. La solicitud de disolución judicial deberá dirigirse contra la sociedad.
AL JUZGADO DE LO MERCANTIL DE [LUGAR] (1)
Don/Doña [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], (1)Procurador de los Tribunales, colegiado por el ICP de [LUGAR] , número [NÚMERO], y de D./Dña [NOMBRE_CLIENTE], con domicilio en [DOMICILIO_CLIENTE] de [LOCALIDAD] y DNI número [NUMERO], en virtud de designación APUD ACTA/ poder notarial [DESCRIPCIÓN], el cual acompaño como doc. núm. [NÚMERO] bajo la representación letrada de D/Dña. [NOMBRE_ABOGADO_CLIENTE], colegiado número [NÚMERO], por el ICA de [LUGAR[, ante este juzgado comparezco y, como mejor proceda en Derecho,
DIGO:
Que en virtud de lo dispuesto en los artículos 125 y siguientes de la Ley de Jurisdicción Voluntaria (LJV), mediante la presente, interpongo SOLICITUD DE DISOLUCIÓN de la mercantil: [NOMBRE] [DESCRIPCIÓN] y todo ello con relación a los siguientes,
HECHOS
Primero Interés del solicitante
[DESCRIPCIÓN] (2)
El solicitante es socio de la mercantil cuya disolución se impetra.
Segundo Causa y requisitos para proceder a la disolución
Se interesa por esta parte la disolución judicial de la sociedad, en tanto en cuanto [DESCRIPCIÓN]. (3)
Tercero Solicitud de convocatoria a los administradores
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 365 de la Ley de Sociedades de Capital (LSC), se ha solicitado por esta parte, a los administradores de la mercantil cuya disolución se solicita, la convocatoria de la junta general al entender concurrente la causa de la disolución de la sociedad anteriormente mentada.
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