Última revisión
28/07/2026
Solicitud de inicio de proceso monitorio en el orden social
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 28/07/2026
En reclamaciones frente a empresarios que no se encuentren en situación de concurso, referidas a cantidades vencidas, exigibles y de cuantía determinada, derivadas de su relación laboral, que no excedan de 15.000 euros, el trabajador podrá formular su reclamación mediante proceso monitorio laboral regulado en el art. 101 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
A LA PLAZA N.º [NÚMERO] DE LA SECCIÓN DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE [LOCALIDAD] (1)
D./D.ª [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], procurador/a de los tribunales, en nombre y representación de D./D.ª [NOMBRE_CLIENTE], tal y como acreditaré mediante apoderamiento apud acta que se realizará en el momento procesal oportuno, y bajo la dirección letrada de don/doña [NOMBRE_ABOGADOCLIENTE] (2), letrado/...
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