Última revisión
19/01/2026
Solicitud de libertad provisional por haber transcurrido el plazo de 2 años (art. 504 LECRIM)
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Orden: penal
Fecha última revisión: 19/01/2026
El artículo 504 de la LECRIM, señala que la prisión provisional no podrá durar más de dos años si la pena privativa de libertad señalada para el delito fuera superior a 3 años.
A TENER EN CUENTA. Por la reforma realizada por la LO 1/2025, de 2 de enero, una vez implantados de forma efectiva los tribunales de instancia (D.T. 1.ª), todas las referencias realizadas a los juzgados unipersonales se entenderán realizadas a las secciones del orden jurisdiccional correspondiente de los tribunales de instancia.
A LA SECCIÓN DE INSTRUCCIÓN DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE [ESPECIFICAR]
Diligencias Previas [NUMERO] / [NUMERO]
A LA SECCIÓN
Don/Doña [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], Procurador/a de los Tribunales, en nombre y representación de Don/Doña [NOMBRE_CLIENTE], con la asistencia del/de la Letrado/a Don/Doña [NOMBRE_ABOGADO_CLIENTE], con núm. de colegiado/a [NUMEROCOLEGIADO_ABOGADO_CLIENTE] como más procedente...
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