Última revisión
26/05/2025
Solicitud de liquidación del régimen económico matrimonial de gananciales, de mutuo acuerdo
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Orden: civil
Fecha última revisión: 26/05/2025
Si bien concluido el inventario y una vez firme la resolución que declare disuelto el régimen económico matrimonial, cualquiera de los cónyuges (o, de haber fallecido, sus herederos) podrán solicitar la liquidación de este (art. 810 de la LEC).
A TENER EN CUENTA. Por la reforma realizada por la LO 1/2025, de 2 de enero, una vez implantados de forma efectiva los tribunales de instancia (D.T. 1.ª), todas las referencias realizadas a los juzgados unipersonales se entenderán realizadas a las secciones del orden jurisdiccional correspondiente de los tribunales de instancia.
S./ Ref.: [NÚMERO].
Procedimiento n.º [NÚMERO].
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO [NÚMERO] DE [LOCALIDAD]/SECCIÓN DE FAMILIA DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE [ESPECIFICAR] (4)
Don/Doña [NOMBRE PROCURADOR CLIENTE], procurador/a de los tribunales, en nombre y representación de don/doña [NOMBRE CLIENTE] y de don/doña [NOMBRE PARTE CONTRARIA] tal y como consta en los autos del procedimiento de referenci...
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