Última revisión
03/01/2019
Solicitud de permiso ordinario de interno clasificado en segundo grado
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Orden: penal
Fecha última revisión: 03/01/2019
El Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario, regula en su Título VI "De los permisos de salida", regula el procedimiento de concesión de los permisos en su Capítulo II.
En el caso de internos clasificados en segundo grado establece que podrán concederse permisos de hasta siete días con un límite máximo de 36 días, si han extinguido una cuarta parte de la condena y no observen mala conducta.
La concesión se hará por la Junta de Tratamiento, previo informe del Equipo Técnico. Después lo elevará al Juez de Vigilancia para la autorización correspondiente, aunque los permisos ordinarios a penados de hasta dos días de duración serán autorizados por el Centro Directivo.
A LA JUNTA DE TRATAMIENTO DEL CENTRO PENITENCIARIO DE [LUGAR]
Don/ Doña [NOMBRE_CLIENTE], interno en el Centro Penitenciario [NOMBRE], con NIS [NUMERO], cuyos datos constan en el expediente penitenciario, SOLICITO la concesión de PERMISO ORDINARIO DE SALIDA de conformidad con las siguientesa
ALEGACIONES
ÚNICA. El >artículo 154 del Reglamento Penitenciario establece que "Se podrán conceder, previo ...
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