Modelo 308. IVA. Régimen Especial del Recargo de Equivalencia. Solicitud de devolución. Gipuzkoa
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Modelo 308. IVA. Régimen .... Gipuzkoa

Última revisión
02/01/2023

Modelo 308. IVA. Régimen Especial del Recargo de Equivalencia. Solicitud de devolución. Gipuzkoa

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Orden: fiscal

Enlaces: Acceso Modelo Oficial

Fecha última revisión: 02/01/2023

Resumen:

Modelo 308 IVA. Solicitud de Devolución

DESTINATARIOS
- Las personas que realicen con carácter ocasional entregas intracomunitarias de medios de transporte nuevos exentos del impuesto, cuando soliciten el reembolso de parte del IVA satisfecho en la adquisición.
- Las personas que realicen exclusivamente actividades a las que sea de aplicación el Régimen Especial de Recargo de Equivalencia, cuando soliciten el reintegro de las cuotas de IVA reembolsado a viajeros residentes fuera de la Unión Europea.
- Las personas que desarrollen la actividad de transporte de viajeros o transporte de mercancías por carretera y soliciten la devolución contemplada en el artículo 30.bis del Reglamento.

PLAZO DE PRESENTACIÓN

* La presentación de la autoliquidación con solicitud de devolución por los sujetos pasivos en recargo de equivalencia que hayan realizado devoluciones a exportadores en régimen de viajeros, se efectuará en los veinticinco primeros días naturales de los meses de abril, julio y octubre. La correspondiente al último período de liquidación deberá presentarse durante los treinta primeros días naturales del mes de enero del año siguiente.
* En la autoliquidación correspondiente a cada trimestre sólo se computarán las devoluciones efectivamente practicadas durante el mismo período por el sujeto pasivo.
* La presentación de la autoliquidación con solicitud de devolución por los sujetos pasivos ocasionales que realicen entregas exentas de medios de transporte nuevos, se efectuará en el
plazo de treinta días naturales a contar desde el día en que tenga lugar dicha entrega.
* La presentación de la autoliquidación con solicitud de devolución en virtud del artículo 30.bis del R.IVA, se efectuará en el plazo de veinticinco días naturales del mes siguiente a aquél en el cual haya realizado la adquisición del medio de transporte.
* La presentación de la autoliquidación con solicitud de devolución por sujetos pasivos que tengan la consideración de Ente público o de establecimiento privado de carácter social se efectuará en el plazo de tres meses desde que se haya realizado la entrega de bienes que origina el derecho a la devolución.

FORMA DE PRESENTACIÓN
- Internet: Para los ejercicios 2017 y siguientes desde la plataforma web ZergaBidea. Se abrirá en una ventana nueva. y para los ejercicios 2016 y anteriores desde Gipuzkoataria. Se abrirá en una ventana nueva. cumplimentando un formulario o subiendo un fichero obtenido con el antiguo programa de ayuda.
- Papel: Mediante la cumplimentación y entrega del impreso 308.

NORMATIVA
Orden Foral 517/2017, de 20 de noviembre, por la que se aprueban los modelos 308 y 309 de declaración no periódica del impuesto sobre el valor añadido, y se deroga la orden foral reguladora de las solicitudes de las Cofradías de Pescadores para la presentación de las declaraciones-liquidaciones del impuesto en un solo documento.


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