Última revisión
07/04/2026
Modelo para la comunicación del trabajador a la empresa de su decisión de impugnar judicialmente el traslado
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 07/04/2026
Conforme con el artículo 40.6 del ET, establece que: «6. Por razones económicas, técnicas, organizativas o de producción, o bien por contrataciones referidas a la actividad empresarial, la empresa podrá efectuar desplazamientos temporales de sus trabajadores que exijan que estos residan en población distinta de la de su domicilio habitual, abonando, además de los salarios, los gastos de viaje y las dietas.
El trabajador deberá ser informado del desplazamiento con una antelación suficiente a la fecha de su efectividad, que no podrá ser inferior a cinco días laborables en el caso de desplazamientos de duración superior a tres meses; en este último supuesto, el trabajador tendrá derecho a un permiso de cuatro días laborables en su domicilio de origen por cada tres meses de desplazamiento, sin computar como tales los de viaje, cuyos gastos correrán a cargo del empresario.
Contra la orden de desplazamiento, sin perjuicio de su ejecutividad, podrá recurrir el trabajador en los mismos términos previstos en el apartado 1 para los traslados.
Los desplazamientos cuya duración en un periodo de tres años exceda de doce meses tendrán, a todos los efectos, el tratamiento previsto en esta ley para los traslados».
El trabajador tendrá derecho a optar entre el traslado, percibiendo una compensación por gastos, o la extinción de su contrato, percibiendo una indemnización de veinte días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de doce mensualidades. La compensación a que se refiere el primer supuesto comprenderá tanto los gastos propios como los de los familiares a su cargo, en los términos que se convengan entre las partes, y nunca será inferior a los límites mínimos establecidos en los convenios colectivos.
Sin perjuicio de la ejecutividad del traslado en el plazo de incorporación citado, el trabajador que, no habiendo optado por la extinción de su contrato, se muestre disconforme con la decisión empresarial podrá impugnarla ante la jurisdicción social.
La sentencia declarará el traslado justificado o injustificado y, en este último caso, reconocerá el derecho del trabajador a ser reincorporado al centro de trabajo de origen.
En [PROVINCIA] a [DÍA] de [MES] de [AÑO]
D./D.ª [NOMBRE_TRABAJADOR_A]
DNI/NIE: [NÚMERO_DOCUMENTO]
Domicilio: [DOMICILIO_TRABAJADOR]
Correo electrónico / Teléfono: [DATOS_CONTACTO]
A la atención de la Dirección de [NOMBRE_EMPRESA]m CIF: [CIF_EMPRESA], Domicilio / Centro de trabajo: [DOMICILIO_EMPRESA]
Muy Sres./Sras. míos/as:
Habiendo recibido notificación de esa empresa de fecha [DÍA] de [MES] de [AÑO],...
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