Recurso de lesividad contra acto administrativo por parte del ayuntamiento
- Orden: Administrativo
- Fecha última revisión: 13/02/2020
- Resumen:
Como se sabe, los primeros apartados del art. 107 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, rotulado como «Declaración de lesividad de actos anulables», establecen lo siguiente:
- Las Administraciones Públicas podrán impugnar ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo los actos favorables para los interesados que sean anulables conforme a lo dispuesto en el art. 48, previa su declaración de lesividad para el interés público.
- La declaración de lesividad no podrá adoptarse una vez transcurridos cuatro años desde que se dictó el acto administrativo y exigirá la previa audiencia de cuantos aparezcan como interesados en el mismo, en los términos establecidos por el art. 82.Sin perjuicio de su examen como presupuesto procesal de admisibilidad de la acción en el proceso judicial correspondiente, la declaración de lesividad no será susceptible de recurso, si bien podrá notificarse a los interesados a los meros efectos informativos.
Por su parte, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, se hace necesario destacar los siguientes preceptos relacionados con la cuestión:
- El recurso de lesividad se iniciará por demanda formulada con arreglo al apartado 1 del 56, que fijará con precisión la persona o personas demandadas y su sede o domicilio si constara. A esta demanda se acompañarán en todo caso la declaración de lesividad, el expediente administrativo y, si procede, los documentos de las letras a) y d) del apartado 2 de este artículo (apartado 4 del art. 45).
- El plazo para interponer recurso de lesividad será de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de la declaración de lesividad (apartado 5 del art. 46).
- El emplazamiento de los demandados en el recurso de lesividad se efectuará personalmente por plazo de nueve días (apartado 6 del art. 49).
- Las Administraciones Públicas podrán impugnar ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo los actos favorables para los interesados que sean anulables conforme a lo dispuesto en el art. 48, previa su declaración de lesividad para el interés público.
AL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO QUE POR TURNO CORRESPONDA
D./D.ª [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], procurador de los Tribunales de [LUGAR], con n.º de colegiado [NUMEROCOLEGIADO_PROCURADOR_CLIENTE] actuando en nombre y representación del Ayuntamiento de [LUGAR], según consta en apoderamiento apud acta que se acompaña, bajo la dirección técnica de D./D.ª [NOMBRE_ABOGADO_CLIENTE], abogado con número de Colegiado [NUMEROCOLEGIADO_ABOGADO_CLIENTE] del Iltre. Colegio de Abogados de [LOCALIDAD], comparezco y como mejor proceda en Derecho, (1)
DIGO
Que, mediante el presente escrito, formulo RECURSO DE LESIVIDAD, con fundamento en los siguientes,
HECHOS
[FECHA], el señor alcalde del ayuntamiento que represento aprobó la resolución por la cual D./D.ª [NOMBRE], con dirección en C/[CALLE], n.º [NUMERO], [LUGAR], beneficiario de la misma, [ESPECIFICAR]. (2)
Tras haberse instruido el oportuno expediente, el Ayuntamiento de [LUGAR], procedió a realizar la declaración de lesividad de la resolución antes señalada por entenderla contraria al ordenamiento jurídico y lesiva para el interés público.
Acompañando la declaración anteriormente citada así como el expediente de la que la misma deriva, formulo DEMANDA de recurso de lesividad contra la resolución del alcalde de [FECHA] de [LUGAR] antes mencionada, cuyo beneficiario es D./D.ª [NOMBRE].
A las anteriores consideraciones le son de aplicación los siguientes,
FUNDAMENTOS DE DERECHO
A) JURÍDICO-PROCESALES:
I.- JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA
El artículo
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LEY 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 167 Fecha de Publicación: 14/07/1998 Fecha de entrada en vigor: 14/12/1998 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 236 Fecha de Publicación: 02/10/2015 Fecha de entrada en vigor: 02/10/2016 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
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