Última revisión
Demanda por parte de la RLT contra despido objetivo ante superación del umbral numérico que implicaría la necesidad despido colectivo
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 18/03/2024
Resumen:
Cuando concurra alguna de las causas objetivas previstas en el art. 51.1 del ET y la extinción afecte a un número de trabajadores superior al establecido en el mismo será necesaria la realización de un despido colectivo (precedido de un periodo de consultas con los representantes legales de los trabajadores).
Cuando en periodos sucesivos de noventa días y con el objeto de eludir las previsiones contenidas en artículo 51 del ET, la empresa realice extinciones de contratos al amparo de lo dispuesto en el art. 52.c) del ET, en un número inferior a los umbrales señalados, y sin que concurran causas nuevas que justifiquen tal actuación, dichas nuevas extinciones se considerarán efectuadas en fraude de ley, y serán declaradas nulas y sin efecto.
AL JUZGADO DE LO SOCIAL [NÚM_JUZGADO] DE [LOCALIDAD]
D./D.ª [NOMBRE_LETRADO], colegiado número [NÚMERO], en calidad de letrado/a y representante de D./D.ª [NOMBRE_PERSONA_TRABAJADORA], con DNI/NIE/NIF n.º [NÚMERO] y domicilio en C/[CALLE], n.º [NUMERO], CP [CÓDIGO_POSTAL], [LOCALIDAD], [PROVINCIA] según acredito por medio de escritura de poder [GENERAL/APUD ACTA] que se acompaña como documento n.º [NÚMERO], ante el juzgado de lo social comparezco y, como mejor proceda en derecho,
DIGO
Que por medio del presente escrito, en tiempo y forma legal, formulan DEMANDA EN RECLAMACIÓN DE DESPIDO OBJETIVO NULO contra la empresa [NOMBRE_EMPRESA], DNI/NIE/NIF n.º [NIF_CIF_DNI_PARTE CONTRARIA], con domicilio en [DOMICILIO_SOCIAL], en la persona de su representante legal, y con base en los siguientes,
HECHOS
PRIMERO.- En fecha [DÍA] de [MES] de [AÑO] la empresa procedió a remitir carta de despido a los trabajadores [NOMBRE], haciendo constar que se trataba de un despido por causas económicas, dada una supuesta disminución persistente durante tres trimestres consecutivos el nivel de ingresos ordinarios o ventas de cada trimestre en comparación con el registrado en el mismo trimestre del año anterior. (1)
SEGUNDO.- El número de trabajadores afectados supera el umbral establecido en el artículo 51.1 del ET, por lo que la empresa debió seguir el procedimiento establecido en el apartado 2 de dicho precepto y al no haberlo hecho así impugnamos el despido por ser nulo.
En esta caso, en un periodo de noventa días, las extinciones por causas objetivas han afectado al menos a [DESCRIPCIÓN] (2), cuando la empresa [NOMBRE_EMPRESA] ocupa a un total del [NUMERO].
TERCERO.- Los trabajadores despedidos ostentan la siguiente categoría, antigüedad y salario:
- D./D.ª [NOMBRE]; DNI [NÚMERO]; categoría [CATEGORÍA_PROFESIONAL]; antigüedad [ESPECIFICAR]; salario [CANTIDAD] euros (con/sin) pagas extraordinarias; centro de trabajo [ESPECIFICAR].
- D./D.ª [NOMBRE]; DNI [NÚMERO]; categoría [CATEGORÍA_PROFESIONAL]; antigüedad [ESPECIFICAR]; salario [CANTIDAD] euros (con/sin) pagas extraordinarias; centro de trabajo [ESPECIFICAR].
- D./D.ª [NOMBRE]; DNI [NÚMERO]; categoría [CATEGORÍA_PROFESIONAL]; antigüedad [ESPECIFICAR]; salario [CANTIDAD] euros (con/sin) pagas extraordinarias; centro de trabajo [ESPECIFICAR].
- D./D.ª [NOMBRE]; DNI [NÚMERO]; categoría [CATEGORÍA_PROFESIONAL]; antigüedad [ESPECIFICAR]; salario [CANTIDAD] euros (con/sin) pagas extraordinarias; centro de trabajo [ESPECIFICAR].
- D./D.ª [NOMBRE]; DNI [NÚMERO]; categoría [CATEGORÍA_PROFESIONAL]; antigüedad [ESPECIFICAR]; salario [CANTIDAD] euros (con/sin) pagas extraordinarias; centro de trabajo [ESPECIFICAR].
- D./D.ª [NOMBRE]; DNI [NÚMERO]; categoría [CATEGORÍA_PROFESIONAL]; antigüedad [ESPECIFICAR]; salario [CANTIDAD] euros (con/sin) pagas extraordinarias; centro de trabajo [ESPECIFICAR].
CUARTO.- De lo expuesto en los puntos segundo y tercero se extrae que la empresa ha adoptado la decisión extintiva de los contratos de trabajo de [NUMERO] trabajadores, teniendo la empresa
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