Última revisión
24/11/2025
Escritura pública de escisión total de sociedades
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Orden: mercantil
Fecha última revisión: 24/11/2025
A TENER EN CUENTA. Formulario actualizado a la nueva regulación contenida en el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, con entrada en vigor el 29/07/2023.
De conformidad con el artículo 59 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio,
«Se entiende por escisión total la extinción de una sociedad, con división de todo su patrimonio en dos o más partes, cada una de las cuales se transmite en bloque por sucesión universal a una sociedad de nueva creación o es absorbida por una sociedad ya existente, recibiendo los socios un número de acciones, participaciones o cuotas de las sociedades beneficiarias proporcional a su respectiva participación en la sociedad que se escinde y, en su caso, cuando sea conveniente para ajustar el tipo de canje, los socios podrán recibir, además, una compensación en dinero que no exceda del diez por ciento del valor nominal de las acciones, de las participaciones o del valor contable de las cuotas atribuidas».
Los acuerdos alcanzados por los socios para la realización de una escisión total, en los referidos términos, habrán de ser elevados a escritura pública, mediante un documento como el que se ilustra a continuación.
ESCRITURA PÚBLICA DE ESCISIÓN TOTAL DE SOCIEDADES
NÚMERO [NÚMERO]
En [CIUDAD], a [DÍA] de [MES] de [AÑO]
Ante mí, [NOMBRE_NOTARIO], Notario del Ilustre Colegio de [CIUDAD], con residencia en esta Ciudad,
COMPARECEN
DON/DOÑA [NOMBRE], mayor de edad, [NACIONALIDAD], [PROFESION], vecino/a de [LOCALIDAD], [CALLE], [NÚMERO], con D.N.I. [NÚMERO].
Y DON/DOÑA [NOMBRE], mayor de edad, [NACIONALIDAD], [PROFESIO...
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