Estatutos Sociales de Soc...le (SICAV)

Última revisión
01/01/2023

Estatutos Sociales de Sociedades de Inversión de Capital Variable (SICAV)

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Orden: mercantil

Fecha última revisión: 01/01/2023

Resumen:

Las Sociedades de Inversión de Capital Variable (SICAV) son una modalidad de Inversión Colectiva de carácter societario, cuyo objeto consiste única y exclusivamente en la captación de fondos, bienes o derechos del público para gestionarlos e invertirlos en bienes, derechos, valores u otros instrumentos, financieros o no, siempre que el rendimiento del inversor se establezca en función de los resultados colectivos.

Este tipo de instituciones se caracterizan, fundamentalmente, por:

  • Número mínimo de accionistas: 100.
  • Supervisado por la CNMV.
  • El capital social inicial de una SICAV será de 2.400.000 euros como mínimo, totalmente suscrito y desembolsado.
  • La gestión de la SICAV la puede realizar la propia sociedad anónima o puede encomendarse su gestión a una sociedad gestora.
  • Eficiencia en la asignación del ahorro a las oportunidades de inversión y en la gestión de riesgos.
  • Disminución del riesgo asumido en la inversión a través de su diversificación.
  • Favorecer el ahorro público mediante la aplicación de importantes ventajas fiscales.
  • Proporcionar una liquidez inmediata a los accionistas.
  • La SICAV puede realizar operaciones con acciones propias sin tener que cumplir con los requisitos impuestos por la Ley de Sociedades Anónimas.

Crear una sociedad de inversión puede ser una de las formas más rentables de invertir su activo, con excepcionales ventajas económicas y fiscales de las que se beneficia el inversor a través de su aplicación directa a la sociedad.

Además, la nueva normativa de Instituciones de Inversión Colectiva permite crear, dentro de estas sociedades, compartimentos separados sin personalidad jurídica, con políticas de inversión propias, reduciendo los requisitos de capital mínimo y número de accionistas exigidos. Ello se traduce en un evidente ahorro de costes para los accionistas que, mediante este nuevo sistema, comparten un único vehículo de inversión.

Las SICAV pueden acogerse a un régimen fiscal diferenciado del resto de sociedades estando sujetas jurídicamente al Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital y la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, reguladora de las Instituciones de Inversión Colectiva, modificada por la Ley 31/2011, de 4 de octubre. En concreto:

  • Pueden tributar al 1% por los beneficios obtenidos siempre y cuando el número mínimo de accionistas sea de 100.
  • Gozan de exención plena en AJD (Actos Jurídicos Documentados) relativos a actos societarios, como fusión, liquidación o ampliaciones de capital.
  • No tienen derecho a aplicar ningún tipo de bonificación ni deducción en la cuota del impuesto de sociedades.

ESTATUTOS SOCIALES DE [NOMBRE_EMPRESA] SICAV, S.A.


 TÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

 

Artículo 1. Denominación social, legislación aplicable y designación del Depositario

1. La sociedad será denominada [MOMBRE_EMPRESA], SICAV S.A. (en adelante, la «Sociedad»), y se regirá por los presentes estatutos sociales y, en su defecto, por la Ley 35/2003, de 4 de noviembre (LIIC), de Instituciones de Inversión ...

Estatutos Sociales de Sociedades de Inversión de Capital Variable (SICAV)

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