Última revisión
Resolución de terminación del procedimiento administrativo por imposibilidad material de continuación por causas sobrevenidas
Relacionados:
Orden: administrativo
Fecha última revisión: 24/11/2023
Resumen:
Establece el artículo 84.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, como una de las posibles causas de terminación del procedimiento que: «2. También producirá la terminación del procedimiento la imposibilidad material de continuarlo por causas sobrevenidas. La resolución que se dicte deberá ser motivada en todo caso».
Expediente número: [NUMERO]
Interesados: [NOMBRE]
Procedimiento: [ESPECIFICAR]
VISTO el expediente relativo a [DESCRIPCION], sobre el procedimiento de [ESPECIFICAR], promovido a instancias de [ NOMBRE], teniendo en cuenta los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha de [FECHA], D./D.ª [NOMBRE], presentó escrito por el que se solicitaba lo siguiente:
-[DESCRIPCION].
SEGUNDO.- Con fecha de [FECHA], por el Servicio de [DESCRIPCION] se le
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