Última revisión
Hoja de aprecio presentada a la Administración expropiante por el expropiado
Relacionados:
Orden: administrativo
Fecha última revisión: 04/09/2024
Resumen:
El artículo 29 de la Ley de Expropiación Forzosa dispone que:
«1. En cada uno de los expediente así formados la Administración requerirá a los propietarios para que en el plazo de veinte días, a contar desde el siguiente al de la notificación, presenten hoja de aprecio, en la que se concrete el valor en que estimen el objeto que se expropia, pudiendo aducir cuantas alegaciones estimen pertinentes.
2. La valoración habrá de ser forzosamente motivada y podrá estar avalada por la firma de un perito, cuyos honorarios habrán de acomodarse a las tarifas que apruebe la Administración, siendo siempre estos gastos de cuenta de los propietarios».
AL [ÓRGANO]
Don/Doña [NOMBRE], con domicilio en [DOMICILIO] de [LOCALIDAD], mayor de edad, con DNI n.º [DNI], comparece y como mejor proceda en derecho,
DIGO
Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 29 y concordantes de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954,
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