Última revisión
14/10/2022
Modelo de Informe de calificación de concurso como fortuito
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Orden: mercantil
Fecha última revisión: 14/10/2022
A TENER EN CUENTA. El presente formulario se encuentra actualizado a la reforma operada por la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, con efectos desde el 26/09/2022.
La calificación del concurso como culpable se basa en el perjuicio causado a los acreedores y en general al tráfico jurídico económico, sea porque el deudor, o los administradores sociales de la persona jurídica concursada, hayan provocado o agravado el estado de insolvencia o porque hayan obstaculizado o dificultado el desarrollo del propio concurso, impidiendo a los administradores concursales el desempeño de sus funciones.
Es decir, la pieza de calificación es la fase del concurso de acreedores en la que se somete a juicio la actuación del deudor y, en su caso, la de sus representantes legales o sus administradores y otras personas relacionadas para determinar si la insolvencia del deudor se ha producido de manera fortuita o si, por el contrario, ha venido provocada por causas y personas concretas e identificables.
El artículo 441 del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal, establece que el concurso de calificará como fortuito o culpable.
Concurso [ESPECIFICAR] N.º [NUM_AUTOS]
[NOMBRE_EMPRESA]
AL JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚM. [NUMERO] DE [PROVINCIA]
Sección Sexta
INFORME SOBRE LOS HECHOS RELEVANTES PARA LA CALIFICACIÓN DEL CONCURSO CON PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
PRIMERO.- Presupuestos legales
El Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, dispone en su artículo 441, que el concurso se calificará como fortuito o culpable.
La consideración ...
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